Proyecto de Ley 20.041: Rango constitucional al dominio estatal sobre la energía geotérmica

DETALLES DEL PROYECTO DE LEY

  • Número de expediente: 20.041
  • Nombre: SEGURIDAD ENERGÉTICA COSTARRICENSE Y LA REFORMA DEL ARTÍCULO 121 INCISO 14 SUB INCISO B DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA, PARA QUE SE CONSOLIDE EL DOMINIO ESTATAL SOBRE FUENTES ENERGÉTICAS GEOTÉRMICAS
  • Procedimiento: Proyecto de Ley de reforma a la Constitución Política
  • Fecha de presentación: 20/07/2016 0:00
  • Fecha de vencimiento: 20/07/2020 0:00
  • Estado: Sin aprobar

PROPONENTES

  • Laura Garro Sancho (PAC)

RESUMEN DEL PROYECTO

Nota: Este resumen se realizó con base al texto base del proyecto de Ley, por lo que podría distar de lo que fue dictaminado en la comisión legislativa y aprobado en el Plenario legislativo.


Este proyecto de Ley reforma la Constitución Política de nuestro país, para dejar plasmado que las fuentes geotérmicas son de dominio exclusivamente estatal.

GUÍA BÁSICA

  • Número de expediente: Representa el número bajo el que es tramitado el proyecto de Ley. Se otorgan de forma consecutiva por parte de la secretaría del Directorio del Congreso.
  • Nombre: Nombre que el proponente le dio al proyecto de Ley.
  • Procedimiento: Determina los pasos que debe seguir el proyecto en el Congreso. Existen diferentes clases de procedimiento: Ordinario, reformas a la Constitución Política, nombramientos, reformas al Reglamento de la Asamblea Legislativa, declaratorias de la Comisión de Honores (benemeritazgos, reconocimientos, etc.).
  • Fecha de presentación: Se refiere a la fecha en que fue presentado el proyecto de Ley ante la Asamblea Legislativa.
  • Fecha de vencimiento: Se refiere a la fecha en que el proyecto de Ley cumple su periodo de vida de cuatro años. Si ningún diputado presenta una moción para que se le extienda el periodo, en caso de que no haya sido aprobado al cumplirse su plazo de cuatro años, el proyecto se envía al archivo sin mayor trámite.
  • Proponentes: Se refiere a la persona que presenta el proyecto de Ley. Puede ser un diputado o un grupo de diputados, el Poder Ejecutivo o mediante iniciativa popular.

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