El Ministerio de Educación Pública, a lo largo de su historia, ha mantenido no sólo una deuda con sus usuarios, sino con la Contraloría General de la República, quien mediante informe DFOE-SOCIF-12-2012, disposición 4.3, de fecha 21 de diciembre del 2012, solicitó definir en materia de gestión de recurso humano los movimientos de personal susceptibles de ser tramitados, revisados, autorizados y registrados en el sistema de planillas desde las Direcciones Regionales de Educación.
En la actualidad, el MEP cuenta con una planilla aproximada de 80 mil funcionarios, y todos los días, se realizan acciones tendientes al proceso del manejo del recurso humano, tales como de selección de personal, permutas, prorrogas, nombramientos, incapacidades, licencias, ascensos, descensos entre otros.
Es hora que el Ministerio de Educación Pública, realice las gestiones necesarias tanto de legalidad como procedimientos para logra la materialización de la desconcentración máxima de servicios tendientes al manejo de la materia de recurso humanos, mismo que en la actualidad se encuentra centralizado en Dirección de Recursos Humanos (DRH), con sede en oficinas centrales en San José, y que pueden ser brindado en cualquiera de las 27 Direcciones Regionales de Educación del país, incidiendo tal descentralización en la disminución de tiempo y costos económicos asociados al desplazamiento de los colaboradores desde las diferentes zonas del país.
Vale la pena mencionar que, desde el año 2009, ya se había introducido a la legislación nacional vigente el decreto 35513-MEP, denominado Organización Administrativa de las Direcciones Regionales de Educación del Ministerio de Educación Pública, publicado en La Gaceta 187 del 25 de setiembre del 2009, en donde tímidamente se permitió a sus Direcciones Regionales, ejercer funciones y atribuciones dentro de los criterios de descentralización y desconcentración mínima, en los grados que fije la legislación nacional y los respectivos reglamentos, así como los criterios descentración mínima que se establecen en el citado decreto-
Se estableció que, corresponde a al Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, de cada Dirección Regional de Educación, ser el órgano técnico responsable de velar por la dotación y la prestación de los servicios requeridos para el funcionamiento operativo de todas sus dependencias. Así mismo, coordinar en materia de su competencia, la prestación de servicios de apoyo a la comunidades educativas, de acuerdo con las políticas de desconcentración mínima impulsadas por las autoridades superiores del Ministerio de Educación Pública.
A pesar de lo anterior, no fue sino mediante oficio DVM-A-02679-2013 de fecha 24 de junio del 2013, suscrito por el Despacho del Viceministerio Administrativo que, se ordena realizar las acciones necesarias para iniciar con el proceso de desconcentración de procesos relacionados con la administración de recurso humano a implementar desde las Direcciones Regionales, y fue mediante circular DRH-19506-2014-DIR del 06 de noviembre del 2014, que sería a partir del 10 de noviembre del mismo año, en que se da por iniciado el proyecto para la apertura de ventanillas de Recursos Humanos en las Direcciones Regionales de Educación (DRE) con el objetivo de minimizar –paulatinamente- la dificultad de tener que trasladarse hasta San José para realizar hasta el trámite más sencillo.
Ha quedado claro que, en la implementación de la desconcentración mínima en las Direcciones Regionales de Educación ha sido muy lento, en incluso se fue dividido dicho proceso en tres fases; en la primera: se incluyó el otorgamiento de todo tipo de certificaciones, impresiones de acción de personal con el histórico de puestos ocupados (P21), así como las correspondientes a nombramientos donde se esté destacado (P22).
En la segunda fase, la cual fue prevista para el 25 de febrero del 2015, se ampliaron los servicios a constancias salariales, administración de incapacidades y estudios desgloses de carrera profesional.
En la tercera fase, la cual quedó para ser implementada en el 2016, permitió la creación y actualización de expedientes laborales, trámites de dedicación exclusiva, gestión y resolución de incidentes de pago, y realización de nombramientos interinos por períodos menores a un mes.
Actualmente, con los sistemas de información existente, y personal capacitado que existe en las Direcciones Regionales de Educación del país, es posible dar el paso de migrar a esa cuarta etapa que queda pendiente, la cual establecería los procesos y esquemas de una desconcentración mínima a una mucho mayor, en donde se logre en materia relacionada con el recurso humano y todo lo que tiene que ver con ese tema, una mejor calidad en la prestación del servicio público educativo en fiel apego a los principios de; eficiencia, legalidad, probidad, control interno, razonabilidad, valoración de riesgo, eficacia, economía, y rendición de cuentas.
—
Los artículos de opinión aquí publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de EL MUNDO. Cualquier persona interesada en publicar un artículo de opinión en este medio puede hacerlo, enviando el texto con nombre completo, foto en PDF de la cédula de identidad por ambos lados y número de teléfono al correo redaccion@elmundo.cr, o elmundocr@gmail.com.