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Gaza / Israel: Corte Internacional de Justicia (CIJ) fija audiencias en demanda de Nicaragua contra Alemania

» Por Nicolas Boeglin - Profesor de Derecho Internacional Público de la Facultad de Derecho Universidad de Costa Rica (UCR)

“We fear that this already catastrophic situation may slide deeper into the abyss as many Palestinians mark the holy month of Ramadan – a period that is meant to honour peace and tolerance – should Israel launch its threatened military offensive into Rafah, where 1.5 million people have been displaced in deplorable sub-human conditions.

Any ground assault on Rafah would incur massive loss of life and would heighten the risk of further atrocity crimes. This must not be allowed to happen. We also fear that further Israeli restrictions on access by Palestinians to East Jerusalem and Al Aqsa Mosque during Ramadan could further inflame tensions.

The UN High Commissioner for Human Rights repeats that there must be an immediate end to this conflict, and that the killing and destruction must stop”.

Spokesperson, UN High Commissioner for Human Rights, Geneva, “Fears over Gaza catastrophe as brutal conflict enters sixth month”, official statement, March 8th, 2024

Este 15 de marzo del 2024, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) informó que se fijaron las audiencias para los días 8 y 9 de abril en el caso de la acción interpuesta por Nicaragua contra Alemania ante el juez internacional de La Haya.

Se trata de una demanda de Nicaragua presentada el 1ero de marzo del 2024, acompañada de una solicitud de medidas provisionales de carácter urgente, acusando a Alemania de faltar a las obligaciones de prevenir un genocidio en Gaza, utilizando como base de competencia la Convención para la Sanción y Prevención del Genocidio de 1948 (una convención multitalteral a la que ambos son Estados Partes).

El comunicado de prensa oficial de la CIJ sobre la fijación de estas audiencias está disponible en francés y en inglés.

Breve puesta en contexto

Esta acción de Nicaragua se origina en buena parte en la acción interpuesta inicialmente por Sudáfrica contra Israel.

Como se recordará, en un primer momento, Sudáfrica presentó contra Israel una solicitud a la CIJ, el 29 de diciembre del 2023, a la cual la CIJ respondió mediante una ordenanza, el 26 de enero del 2024 (véase texto oficial de dicha ordenanza en francés y en inglés y en particular lo ordenado a Israel en el párrafo operativo 86).

Posteriormente a ello, Sudáfrica presentó:

– una segunda solicitud  presentada el pasado 12 de febrero del 2024, a la que la CIJ respondió el 16 de febrero mediante un simple comunicado de prensa (véase texto en francés y en inglés), indicando que no eran por el momento necesarias nuevas medidas a las ordenadas a Israel el 26 de enero;

– una tercera solicitud de Sudáfrica (cuya lectura completa y detallada se recomienda) presentada el 6 de marzo del 2024  puede ser consultada en este enlace oficial de la CIJ en  inglés. a la que la CIJ aún no ha dado respuesta.

Cabe recordar que Nicaragua, al igual que mas de 150 Estados, externó en su momento su sastisfacción y su respaldo a la demanda sudafricana presentada ante la justicia internacional (véase nota de prensa de Swiss Info del 10 de enero del 2024). En América Latina, el primer Estado en manifestar su apoyo a la demanda de Sudáfrica fue Bolivia en un comunicado oficial de su diplomacia, con fecha del 7 de enero (véase texto integral del comunicado).

Resulta también oportuno indicar que Nicaragua no mantiene relaciones diplomáticas con Israel desde junio del 2010, en razón del ataque a una flotilla turca de carácter humanitario por parte del ejército de Israel (véase nota de El Tiempo  / Colombia del 1 de junio del 2010): se trata de una situación que Nicaragua comparte con otros Estados en América Latina, siendo Bolivia (octubre del 2023) y Belice (novembre del 2023) los dos últimos Estados en haber procedido a romper sus relaciones diplomáticas con Israel (Nota 1).

Nicaragua en respaldo a Sudáfrica y a la población civil en Gaza asediada

Con relación a otros Estados, que respaldan el accionar de la diplomacia sudafricana contra Israel, ya tuvimos la oportunidad en una nota anterior, de explicar el alcance de la solicitud de intervención presentada por Nicaragua el pasado 22 de enero, la cual fue dada a conocer por la CIJ el 8 de febrero del 2024: véase nuestra nota previa titulada “Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en la demanda de Sudáfrica contra Israel“.

Ahora bien, adicionalmente a esta solicitud de intervención como Estado tercero en la controversia que opone Sudáfrica a Israel, Nicaragua interpuso una demanda ante la CIJ, esta vez contra Alemania. Esta demanda fue acompañada como precisado con anterioridad, de una solicitud urgente de medidas provisionales de carácter urgente.

Esta iniciativa se registró formalmente el 1ero de de marzo (véase texto oficial de su demanda), haciendo ver Nicaragua en su escrito que Alemania está ignorando con su actuar y con sus declaraciones oficiales a favor de Israel, las obligaciones que todo Estado Parte a la Convención contra el Genocidio de 1948 debe respetar, incluyendo la de prevenir un nuevo genocidio, en particular si se trata de un Estado exportador de armas hacia Israel.

La demanda también cuestiona la decisión de Alemania de suspender sine die sus contribuciones a la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados en Palestina (UNRWA), una decisión tomada con varios otros Estados a raiz de acusaciones lanzadas por Israel contra esta agencia de Naciones Unidas: como detalle de interés, estas acusaciones israelíes se dieron pocos días después de darse a conocer la ordenanza de la CIJ del 26 de enero. ¿Mera coïncidencia de calendario o sútil maniobra para desviar la atención ante el rotundo fracaso diplomático israelí en La Haya? Al respecto, cabe señalar que el pasado 10 de marzo, Suecia y Canadá anunciaron volver a financiar  a esta importante agencia humanitaria (véase nota de la BBC), al igual que Australia, anuncio dado a conocer el pasado 15 de marzo por las autoridades australianas (véase nota de la agencia AP). Noruega por su parte había indicado que no suspendería sus contribuciones hasta tanto se den a conocer las “pruebas contundentes” sobre el supuesto involucramiento del personal de esta agencia en el ataque perpetrado por el Hamás el 7 de octubre (véase nota del Times of Israel del 1ero de febrero). Un primer artículo del New York Times del 3 de marzo (véase texto) y una nota de la BBC del 11 de marzo señalan que las supuestas “pruebas irrefutables” de Israel contra varios funcionarios de la UNRWA fueron obtenidas mediante confesiones después de recurrir a amenazas, intimidaciones, tortura y maltratos de toda índole.

Sobre las transferencias de armas hacia Israel, es menester señalar que un mes antes, el 1ero de febrero del 2024, un comunicado oficial de Nicaragua advertía a AlemaniaCanadáPaíses Bajos y Reino Unido de una acción en ese sentido: véase al respecto texto de dicho comunicado reproducido en este enlace del medio El19Digital de Nicaragua. En este documento de anexo a la demanda de Nicaragua, se puede conocer el detalle del contenido de la misiva inicial de Nicaragua a Alemania (a páginas 2-9).

Al parecer,  al menos por el momento, es contra Alemania que Nicaragua ha decidido concentrar su accionar ante el juez de La Haya. No se explicita en su escrito las razones exactas por esta escogencia entre los Estados proveedores de armas a Israel.

En el caso de Países Bajos, el pasado 12 de febrero, las autoridades de Israel fueron informadas de una sentencia de una corte nacional que ordena el cese inmediato de exportaciones de componentes hacia Israel para aviones  de combate F-35 desde Países Bajos (véase nota de la BBC del 12 de febrero).  En el caso de Reino Unido se indicó el 21 de febrero (véase nota de The Guardian) que de lanzar Israel su ofensiva sobre Rafah, se suspenderían las exportaciones de armas del Reino Unido hacia Israel. En el caso de Canadá, se informó este 14 de marzo (véase nota de CBC News) que una solicitud de Israel de vehículos militares – posiblemente de carácter urgente – está siendo tramitada de manera poco expédita por parte de las autoridades canadienses.

Las transferencias de armas hacia Israel ante un juez internacional que calificó de “plausible” el riesgo de genocidio en Gaza

En una reciente nota de prensa de EuroNews con fecha del 11 de marzo sobre el comercio mundial de armas, se indica que:

The US and Germany accounted respectively for 69% and 30% of arms imports by Israel, which is currently fighting a deadly war against Hamas in Gaza which killed over 30,000 people, most of whom were civilians“.

No se ha tenido acceso a la fecha a algún informe técnico o cuadro comparativo de carácter público, publicado en un centro especializado sobre transferencia de armas, con relación a la proveniencia exacta de las armas, municiones y componentes electrónicos que importa Israel para equipar a su ejército (y se agradece desde ya a nuestros estimables lectores referirlo al autor si saben de su existencia enviando un mensaje a: cursodicr(a)gmail.com). Si el dato anteriormente señalado es confirmado, Alemania sería el segundo Estado en suplir de armas a Israel después de Estados Unidos.

En su demanda contra Alemania, Nicaragua indica (párrafo 53):

53. /…/ By the end of 2023, the German Government had granted military exports to Israel in the amount of 326,505,156 euros. On January 2024, German media reported that Israel had made a request for tank shells, especifically 10,000 120-millimeter Rheinmetall precision rounds. Der Spiegel reported that Germany had agreed to deliver the request from its own stocks in order to be able to comply with the “urgency”. According to information made available by the German Government, export licences granted between January 2024 and 15 February 2024 concerned military equipment worth 9,003,676 euros”.

Cabe indicar que el comercio de armas constituye un ámbito específico del derecho internacional público, con ramificaciones en el derecho interno cuando hay riesgos de ser mal utilizadas, y con un régimen jurídico que entraña responsabilidades en lo interno de los Estados exportadores de armas, como bien se analizó en un documento publicado en el 2021 que concluye (página 53):

Legal challenges are gradually becoming a pragmatic response in the face of apparently unlawful decisions by arms exporting states. Governments should recognise this shift and the possibility that their decisions on arms exports will increasingly be subject to legal challenges before domestic courts. Their decisions must be able to withstand judicial oversight and must conform with obligations under both international and domestic law” (Nota 2).

Es de notar que el pasado 6 de marzo, la presión se ha hecho mayor sobre el Poder Ejecutivo norteamericano al publicar el Washington Post un reportaje titulado “U.S. floods arms into Israel despite mounting alarm over war’s conduct” (cuya lectura completa se recomienda), en el que se evidencia la total opacidad de las transferencias de armas de Estados Unidos hacia Israel desde el 7 de octubre.

Desde el punto de vista jurídico, no está de más señalar que ni Israel ni Estados Unidos son Estados Partes a la Convención sobre el Comercio de Armas adoptada en el 2013, cuyo número de Estados Partes asciende a 113 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones). En el seno del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, de los cinco Miembros Permanentes, únícamente Estados Unidos y Rusia persisten en no someterse a las obligaciones que contiene este tratado multilateral.

Con relación a Estados Unidos y a la opacidad antes señalada, hay que añadir la comprensión limitada que tiene el gran público norteamericano de la realidad que se vive en Gaza, y la manera tan parcializada de dar cobertura periodística en Estados Unidos al drama inhumano que se vive en Gaza: al respecto, se recomienda escuchar esta reciente (y muy completa) entrevista de Democracy Now.

Finalmente, en el caso de Francia, una pregunta muy precisa hecha desde el 7 de marzo del 2024 al Ministerio de Defensa galo por parte de una senadora con relación al uso dado a componentes militares  de tipo “ML4” exportados hacia Israel (véase pregunta), espera una contestación. Una pregunta anterior más general hecha en noviembre del 2023 fue contestada en febrero del 2024. En la respuesta se concluía (véase enlace) que:

La France a rappelé le droit d’Israël à se défendre, qui doit s’exercer dans le respect du droit international humanitaire. Le respect des droits de l’homme et du droit international humanitaire par le pays destinataire, de même que les conséquences pour la paix, la sécurité et la stabilité régionales, sont pleinement pris en compte dans le cadre de l’examen des exportations de matériel de guerre par la CIEEMG. Cette stricte grille d’analyse n’a pas conduit à suspendre intégralement le flux d’exportations de matériels de guerre depuis le 7 octobre 2023“.

La  petitoria final de Nicaragua en breve

En su solicitud a la CIJ enviada por Nicaragua, y más específicamente en la parte final de su petitoria en la que le pide a la CIJ ordenar medidas provisionales de carácter urgente contra contra Alemania, se lee que Nicaragua solicita diversos puntos a los jueces de la CIJ, a saber (párrafo 101):

…, Nicaragua respectfully requests the Court, as a matter of extreme urgency, pending the Court’s determination of this case on the merits, to indicate the following provisional measures with respect to Germany in its participation in the ongoing plausible genocide and serious breaches of international humanitarian law and other peremptory norms of general international law occurring in the Gaza Strip: 

(1) Germany shall immediately suspend its aid to Israel, in particular its military assistance including military equipment, in sor far as this aid may be used in the violation of the Genocide Convention, international humanitarian law or other peremptory norms of general international law such as the Palestinian People’s right to self-determination and to not be subject to a regime of apartheid; 

(2) Germany must immediately make every effort to ensure that weapons already delivered to Israel are not used to commit genocide, contribute to acts of genocide or are used in such a way as to violate international humanitarian law; 

(3) Germany must immediately do everything possible to comply with its obligations under humanitarian law; 

(4) Germany must reverse its decision to suspend the funding of UNRWA as part of the compliance of its obligations to prevent genocide and acts of genocide and the violation of the humanitarian rights of the Palestinian People which also includes the obligation to do everything possible to ensure that humanitarian aid reaches the Palestinian people, more particularly in Gaza; 

(5) Germany must cooperate to bring to an end the serious breaches of peremptory norms of international law by ceasing its support, including its supply of military equipement to Israel that may be used to commit serious crimes of international law and that it continue the support of the UNRWA on which this Organizations has counted and based its activities“.

Al no ser Alemania el único proveedor de Israel en armas o en componentes electrónicos con fines militares, la petitoria de Nicaragua debería interesar a muchos otros Estados que son Estados Partes a la Convención contra el Genocidio de 1948; y de paso, interpelar (en Alemania) a colectivos de organizaciones sociales que, salvo error de nuestra parte, no se han preocupado por activar los mecanismos legales previstos cuando armas alemanas son exportadas hacia destinos donde es evidente su mal uso en contra de poblaciones civiles indefensas (Nota 3).

La insensatez de Israel en contra de la población civil de Gaza

El último informe de situación de Naciones Unidas al 15 de marzo del 2024 (véase informe) señala el nivel de insensatez al que se ha llegado en Israel, ignorando lo ordenado por la CIJ desde el 26 de enero del 2024,  al leerse que:

“Intense Israeli bombardment and ground operations as well as heavy fighting between Israeli forces and Palestinian armed groups continue to be reported across much of the Gaza Strip, particularly in the Hamad area of Khan Younis, resulting in further civilian casualties, displacement, and destruction of houses and other civilian infrastructure.

Between the afternoon of 14 March and 10:30 on 15 March, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 149 Palestinians were killed and 300 Palestinians were injured. Between 7 October 2023 and 10:30 on 15 March 2024, at least 31,490 Palestinians were killed in Gaza and 73,439 Palestinians were injured, according to MoH in Gaza.

Between the afternoons of 14 and 15 March, according to the Israeli military, there were no Israeli soldiers killed in Gaza. As of 15 March, 247 soldiers have been killed and 1,476 soldiers injured in Gaza since the beginning of the ground operation, according to the Israeli military. In addition, over 1,200 Israelis and foreign nationals have been killed in Israel, the vast majority on 7 October. As of 15 March, the Israeli authorities estimate that 134 Israelis and foreign nationals remain captive in Gaza, including fatalities whose bodies are withheld”.

Con relación a los saldos de muertos y heridos que proporciona Naciones Unidas, remitimos a una respuesta que debimos de dar a la embajadora de Israel en Costa Rica, en el marco de un foro público organizado por la Universidad de Costa Rica (UCR) el 13 de marzo del 2024 y titulado “Historia y desinformación: perspectivas críticas sobre el conflicto Gaza /Israel“: de manera bastante cuestionable, la máxima representante de Israel en Costa Rica consideró útil y oportuno “advertir” horas antes del evento a sus organizadores, de la falta de validez de las cifras sobre muertos y heridos en Gaza que circulan (véase  respuesta nuestra en el video de la actividad, a mn. 1:25:11).

A modo de conclusión

La premura de la CIJ en convocar a audiencias en el caso de Nicaragua contra Alemania responde a la urgencia total ante el drama inhumano al que Israel somete a la población civil palestina desde la tarde/noche del 7 de octubre. Notemos que estas audiencias iniciarán justo 24 horas después de cumplirse 6 meses desde el 7 de octubre del 2023.

Desde el punto de vista jurídico, cabe precisar que Alemania es Estado Parte a la Convención sobre el Comercio de Armas del 2013 (véase texto completo), cuyo artículo 6, inciso 3 se lee de la siguiente manera:

3. Un Estado parte no autorizará ninguna transferencia de armas convencionales comprendidas en el artículo 2, párrafo 1, ni de elementos comprendidos en el artículo 3 o el artículo 4, si en el momento de la autorización tiene conocimiento de que las armas o los elementos podrían utilizarse para cometer genocidio, crímenes de lesa humanidad, infracciones graves de los Convenios de Ginebra de 1949, ataques dirigidos contra bienes de carácter civil o personas civiles protegidas, u otros crímenes de guerra tipificados en los acuerdos internacionales en los que sea parte” (el subrayado es nuestro).

Siendo la Convención contra el Genocidio de 1948 una convención ratificada por 153 Estados (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), y habiendo sido dictaminada la ordenanza de la CIJ el 26 de enero del 2024 refiriendo a una riesgo “plausible” de genocidio en Gaza, interpela el hecho que solamente Nicaragua haya iniciado una acción de esta naturaleza en contra de Estados que exportan armas hacia Israel: ¿qué esperarán todos los demás?

Más allá de la demanda de Nicaragua contra Alemania, el recurso a la justicia internacional para frenar los ímpetus de Israel en el territorio palestino ocupado constituye una vía idónea, dada la actitud desafiante de las actuales autoridades israelíes.

Con relación al papel de la justicia internacional para mediar en el conflicto entre Palestina e Israel, en una de las intervenciones hechas a nombre de la Organización para la Cooperación Islamica (OCI) ante los jueces de la CIJ recientemente por una jurista gala de gran trayectoria – cuya lectura completa se recomienda -, en el marco de un procedimiento consultivo iniciado en diciembre del 2022, se indica en sus conclusiones que (véase texto completo y video reproducidos por la AURDIP):

30. Et pour finir, je voudrais, Monsieur le président, Mesdames et Messieurs les juges, vous  citer les propos du contre-amiral israélien Ami Ayalon, qui a dirigé pendant plusieurs années le  service du renseignement intérieur israélien. Son chemin personnel l’a amené à s’interroger sur la  notion d’ennemi et à mesurer l’impasse où se trouve Israël en ayant choisi la répression violente pour  accompagner son refus de la solution politique. Et il conclut une interview donnée il y a quelques  semaines à un quotidien français en disant : « La communauté internationale devrait jouer un rôle  bénéfique. Nous avons besoin que quelqu’un de l’extérieur nous éclaire sur nos erreurs » “.

– – Notas – –

Nota 1Cuba no tiene relaciones con Israel desde 1967.  Por su parte Venezuela rompió sus relaciones diplomáticas con Israel en enero del 2009, a raíz de la dramática ofensiva militar en Israel observada entre diciembre del 2008 y enero del 2009 (véase nota de prensa de El Pais /España). Al igual que Venezuela en el 2009, Bolivia también rompió sus relaciones diplomáticas con Israel, las reanudó oficialmente a finales del mes de noviembre del 2019 (véase nota de prensa del 2019 de la agencia turca de noticias TRT) para suspenderlas el pasado 31 de octubre del 2023 (véase comunicado oficial de Bolivia de la misma fecha). El 14 de noviembre del 2023, Belice optó por tomar una medida similar a la de Bolivia (véase comunicado oficial).

Nota 2: Véase ATT Expert GroupDomestic accountability for international arms transfers: Law, policy and practice, Saferworld, 2021, 54 páginas. Texto disponible haciendo click en “donwload” aquíVéase también con relación a la normativa regional de la Unión Europea en la materia MERLIN J.-B., “Les contentieux nationaux relatifs à la vente interétatique d’armes“, Vol. 65 Annuaire Français de Droit International, Année (2019) pp.71-103. Texto integral de ese artículo disponible aquí. En Canadá y el debate sobre la ilegalidad de las armas enviadas a la coalición liderada por Arabia Saudita en la guerra civil en Yemen, véase AZAROVA V., DAVID E., TURP D.WOOD B., Opinion on the International Legality of Arms Transfers to Saudi Arabia, the United Arab Emirates and Other Members of the Coalition Militarily Involved in Yemen, IPIS, 102 páginas, December 2019. Texto integral disponible aquí.

Nota 3:  En octubre del 2018, Alemania suspendió sus exportaciones de armas hacia Arabia Saudita, en razón de las exacciones cometidas en Yemen por la coalición liderada por Arabia Saudita contra civiles yemenitas y el vil asesinato de un perdiodista saudí en el Consulado saudita en Turquía (véase nota de la DW). Unos años antes, en febrero del 2011, Francia decidió suspender toda exportación de armas hacia Egipto, ante la brutal represión de manifestantes (véase nota de Le Monde). Más recientemente, en junio del 2020, fue España la que optó por suspender el envío de 600.000 cartuchos a Nicaragua debido a la represión desproporcional en contra de manifestantes por parte de las autoridades policiales nicaragüenses (véase nota de Mesa Redonda).

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