Las empresas concesionarias de obras públicas tienen derecho a hacer negocios, recuperar sus inversiones y obtener utilidades. Para eso participan. Pero una concesión no puede entenderse como un acto donde las ganancias son privadas y los errores recaen sobre los contribuyentes.
Ese pudo ser el caso de las obras mal ejecutadas en la Ruta Alterna Escazú-Hatillo-Calle Morenos por la empresa Autopistas del Sol, sino es porque una reciente sentencia judicial obligaría a esa compañía a pagar por sus errores.
Esa carretera tuvo que sacarse de servicio con menos de un año de funcionamiento. Más de ₡2.528 millones de recursos públicos tuvieron que asignarse a reconstruir obras que ya habían sido pagadas. Se presentaron deslizamientos, riesgos para conductores y vecinos, interrupción de una vía pública y años de litigio.
Dicha empresa asumió el diseño y construcción de esa radial que entró en funcionamiento en agosto de 2009. Para marzo de 2010 ya existían informes que advertían deslizamientos, agrietamientos y problemas de drenaje. En agosto de ese mismo año fue necesario cerrarla.
¿Qué salió mal? Muchas cosas, según determinó el Tribunal Contencioso Administrativo.
La empresa no realizó los estudios geológicos y geotécnicos necesarios, ni los ensayos específicos de campo o laboratorio que permitieran caracterizar correctamente los suelos sobre los cuales construía. Tampoco realizó adecuadamente los análisis geotécnicos de estabilidad de los taludes. Los planos contemplaban taludes con ciertas inclinaciones sin que aparecieran las memorias de cálculo que justificaran técnicamente esa decisión. Tampoco se diseñaron apropiadamente las obras necesarias para controlar aguas y escorrentías, ni se incorporaron suficientes medidas de estabilización y mitigación. Todo eso no es precisamente olvidarse de pintar una raya en la carretera. Y el resultado terminó siendo previsible: los taludes fallaron.
El Tribunal concluyó que Autopistas del Sol entregó una obra que no cumplía estándares mínimos de calidad y durabilidad y utilizó una expresión todavía más contundente: hubo una “inexcusable transgresión de las buenas prácticas de la ingeniería vial”.
Reconstruir lo que falló le costó a la Hacienda Pública un 55% del costo original que se había pagado por diseñar y construir esa vía. Pero esta historia tiene otra cara que Costa Rica tampoco debería ignorar: la debilidad de nuestra institucionalidad en materia de concesiones.
El Consejo Nacional de Concesiones (CNC) queda muy mal parado. Tan mal, que el propio Tribunal se refirió a la “pasividad” e “inercia inexcusable” del CNC y ordenó comunicar la sentencia a la Contraloría General de la República (CGR) y a la Procuraduría de la Ética Pública para valorar posibles investigaciones sobre actuaciones de funcionarios vinculados con la relación contractual.
Una pregunta resulta inevitable: ¿para qué existe una Administración concedente si los problemas graves no se corrigen mientras ocurren? ¿Era blandengue el contrato o fue blandengue su fiscalización?
Porque una cosa es que una empresa incumpla y otra, igualmente preocupante, es que el Estado encargado de supervisarla permita que los problemas avancen hasta que el daño ya está consumado.
A más de dos décadas de la creación del CNC, pareciera que Costa Rica todavía no logra despegar en este campo. Y algunas veces pagamos el mayor costo posible por esa incapacidad. En este caso tuvo que ser la Contraloría la que acudiera a los tribunales en 2014 para recuperar el dinero que CONAVI había gastado reconstruyendo las obras.
El Tribunal le dio la razón en 2021 y Autopistas del Sol llevó el asunto a casación. Finalmente, el 17 de septiembre de 2026, la Sala Primera rechazó el recurso de la empresa, dejando firme la condena; doce años de proceso judicial y unos dieciséis años después del colapso de los taludes.
Costa Rica necesita inversión privada y necesita concesiones. Pero concesionar no significa entregar una carretera y esperar que todo salga bien. Significa muchos pasos, entre esos fiscalizar y exigir.
La CGR hizo en este caso lo que correspondía: defendió la Hacienda Pública, llevó el incumplimiento ante los tribunales y consiguió que el costo de una obra defectuosa no quedara definitivamente sobre los hombros de los contribuyentes.
Y la lección para el CNC es que la mejor defensa del interés público no consiste en ganar un juicio dieciséis años después. Consiste, en primer lugar, en tener contratos y supervisión capaces de evitar que el daño ocurra.
Esperemos que esta sea un lección aprendida, de una vez por todas, no solo para la necesaria ampliación de la Ruta 27, sino para las demás obras concesionables que necesita el país.