Colegios profesionales, desempleo y tarifas altas

Dos noticias conocidas recientemente deberían leerse juntas.

La primera se refiere a un estudio de CONARE sobre carreras universitarias y mercado laboral, según el cual Derecho figura entre las disciplinas donde los nuevos graduados enfrentan mayores dificultades para encontrar empleo. La segunda señala que, de aproximadamente 1.200 graduados en Derecho que realizaron en abril el examen de incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, solo 12 lo aprobaron. Es decir, apenas un 1% obtuvo la autorización para ejercer formalmente la profesión.

Vistas por separado, ambas noticias podrían parecer asuntos distintos. Una remite al mercado laboral y la otra a la calidad académica. Pero, vistas en conjunto, revelan un problema mucho más profundo: la forma en que los colegios profesionales regulan el acceso al ejercicio profesional, influyen sobre la oferta de servicios y, directa o indirectamente, afectan el empleo y los precios que pagan los usuarios.

En el caso de Derecho, pareciera existir una sobreoferta de graduados que el mercado no logra absorber de manera rápida ni completa. Sin embargo, esa sobreoferta no opera en un mercado abierto y flexible. Opera dentro de un esquema en el que el ejercicio profesional depende de la incorporación obligatoria a un colegio, en el que existen exámenes administrados por el propio gremio y donde, además, se mantienen tarifas reguladas para determinados servicios legales.

La combinación es problemática. Por un lado, miles de jóvenes invierten años de estudio y recursos económicos para obtener un título universitario. Por otro, al finalizar la carrera, se encuentran con una nueva barrera que puede impedirles ejercer la profesión para la cual se prepararon. Al mismo tiempo, los usuarios de servicios legales enfrentan un mercado donde la competencia no necesariamente opera con libertad suficiente para traducirse en menores precios.

El examen de incorporación puede tener una justificación legítima: garantizar conocimientos mínimos, idoneidad profesional y protección al usuario. Nadie debería defender que profesiones sensibles se ejerzan sin preparación adecuada. Pero cuando una prueba deja por fuera al 99% de los aspirantes, el país no puede limitarse a aceptar el resultado como si fuera un simple dato administrativo. Una cifra así obliga a hacerse preguntas incómodas.

Si el problema es una deficiencia masiva en la formación universitaria, entonces corresponde una intervención seria del Estado en el ámbito educativo. El CONESUP, el MEP y las autoridades competentes deberían revisar la calidad de los programas, los planes de estudio, los requisitos de graduación y la fiscalización de las universidades que ofrecen la carrera de Derecho. No sería aceptable que el sistema permita graduar a cientos o miles de estudiantes que luego no cumplen con los estándares mínimos para incorporarse al ejercicio profesional.

Pero si el problema está en el diseño del examen, en su metodología, en el tipo de contenidos evaluados, en la nota mínima de aprobación o en los incentivos del propio colegio profesional, entonces la discusión cambia. Ya no estaríamos solamente ante un asunto académico, sino ante una barrera de entrada administrada por un gremio que, al mismo tiempo, representa los intereses de quienes ya ejercen la profesión. Es decir, una institución con poder para regular quién entra al mercado donde sus propios agremiados compiten. Un arreglo institucional bastante cómodo para los de adentro, como suele ocurrir cuando el portero también es dueño del club.

Ese es el punto central. Los colegios profesionales nacieron con una finalidad pública: proteger la calidad del servicio, la ética profesional y los derechos de los usuarios. Pero en la práctica pueden convertirse en estructuras corporativas que restringen la competencia, limitan la entrada de nuevos profesionales y contribuyen a sostener tarifas más altas de las que existirían en un mercado más abierto.

Esto no significa eliminar todo control. Significa revisar si los controles existentes son proporcionales, transparentes, técnicamente válidos y orientados al interés público. También significa discutir si la fijación de tarifas y las restricciones de ingreso al ejercicio profesional están beneficiando realmente a la ciudadanía o si, por el contrario, funcionan como mecanismos de protección gremial.

La reacción del Colectivo de Aspirantes a la Incorporación Profesional debería abrir una discusión más amplia sobre el papel de los colegios profesionales en Costa Rica. El país necesita más competencia, mayor flexibilidad laboral y servicios profesionales accesibles para la población. También necesita calidad, ética y responsabilidad profesional. Pero esos objetivos no deben usarse como excusa para cerrar mercados, excluir nuevos oferentes y encarecer servicios.

La conclusión es clara: Costa Rica debe revisar a fondo el poder regulatorio de los colegios profesionales. Cuando una entidad puede restringir el ingreso de nuevos competidores y, al mismo tiempo, operar en un entorno de tarifas reguladas, el riesgo de distorsión es evidente. La defensa del interés público no puede confundirse con la defensa del gremio. Si queremos mejorar la competitividad, ampliar oportunidades laborales y abaratar servicios para los ciudadanos, hay que empezar por desmontar esas barreras que, bajo el discurso de la calidad, terminan produciendo desempleo, privilegios y precios artificialmente altos.

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