
San José, 9 ago (elmundo.cr) – El alcalde de la Municipalidad de Siquirres, Mangel Mclean fue condenado por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) tras desalojar de una oficina a la vicealcaldesa primera de ese cantón, Sara Méndez Morales.
Así consta en la resolución 4834-E1-2017 adoptada por unanimidad de los magistrados electorales ayer martes y de la cual, EL MUNDO tiene copia.
El caso se remonta al 2 de mayo anterior, cuando la vicealcaldesa fue desalojada de una oficina dentro del Palacio Municipal, ya que el alcalde decidió que la misma se usaría para instalar una oficina empresarial.
Según su relato a los Magistrados, el traslado al nuevo espacio físico “se realizó de forma humillante, degradante y agresiva”, por lo que consideraba lesionado su derecho al ejercicio efectivo del cargo popular para el que fue electa y solicitó la declaratoria con lugar del recurso y, consecuentemente, se le permitiera permanecer en la oficina que fue construida para ella.
De acuerdo con el Tribunal, de las declaraciones de ambas partes se dio por comprobado que los derechos político-electorales de Méndez fueron vulnerados “pues su desalojo de la oficina que venía ocupando para ser trasladada a otro espacio físico dentro del edificio municipal constituye una acción que, por sus efectos perniciosos, distorsiona el mandato popular que recibió en las urnas a la vez que le dificulta, de forma injustificada, el correcto ejercicio de su cargo”.
El fallo afirma que la oficina en la que fue reubicada la vicealcaldesa, no reunía las mismas condiciones de su anterior despacho y además, era compartido con otros funcionarios de la municipalidad, al tiempo que tenía que usar una computadora portátil personal para desempeñar sus funciones, pues el alcalde no le asignó un equipo.
El Tribunal Supremo de Elecciones recordó que, en varias sentencias, ha reconocido el rol que desempeñan las vicealcaldías primeras municipales y, consecuentemente, ha precisado una serie de condiciones que deben ser aseguradas a las personas que ostentan esa posición municipal para el adecuado ejercicio de las funciones que les han sido encomendadas.
Así, por ejemplo, el Tribunal afirma que se les debe dotar de recursos humanos y materiales idóneos para el desempeño de sus tareas, como por ejemplo, un espacio físico adecuado, suministros de oficina y equipo informático, entre otros.
“Desde esa perspectiva, los hechos denunciados por la señora Méndez Morales se tienen, en efecto, como un inadecuado accionar de la autoridad recurrida pues, a criterio de este Pleno, no es jurídicamente procedente que la Vicealcaldesa Primera de la Municipalidad de Siquirres sea desposeída de la oficina, previamente asignada, con el fin de ubicar, en ese recinto, una oficina empresarial y, en consecuencia, a la funcionaria municipal encargada de esa instancia”, dijo la unanimidad del Tribunal.
Según los Magistrados, si bien es relevante para el cantón Siquirres y sus residentes la captación de inversiones de tipo financiero y el fomento al emprendedurismo local, “el desarrollo de esos planes no puede conllevar, en la práctica, una afectación del mandato y la investidura que le fue conferida, en las urnas, a la señora Méndez Morales”.
“Esa afectación, en el caso concreto, se suscita por el hecho de que el Alcalde municipal disponga el traslado de la recurrente a un espacio físico que no reúne condiciones similares a las del despacho que otrora ocupaba (en términos de dimensiones, privacidad y acceso, entre otros), máxime cuando se tiene en cuenta que ese movimiento fue ordenado con el propósito de asignar el referido despacho a una funcionaria de menor rango de la Municipalidad de Siquirres”, agrega la sentencia.
Los jueces electorales declararon con lugar el recurso de amparo electoral interpuesto y ordenaron a McLean Villalobos para que en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la resolución, reubique a la denunciante en la oficina que ocupaba, o bien, en otra de similares condiciones.