San José, 17 jun (elmundo.cr) – La Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL) aseguró que la Ley N° 9848, «Ley para apoyar al contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las municipalidades ante la emergencia nacional por COVID-19» tiene como base principal trabajar en el desarrollo de alternativas para la ciudadanía en general, sin embargo y con mayor énfasis, para aquellos que se han quedado sin trabajo o que vieron reducida su jornada laboral y salario, pero deben seguir pagando sus impuestos municipales.
Asimismo, la UNGL indicó que actualmente 63 municipalidades han aprobado en tiempo récord, este plan según la realidad de cada cantón, los mismos contemplan opciones como flexibilidad en el pago de las obligaciones municipales (moratorias), posibles reducciones por tarifas de arrendamientos en mercados municipales, arreglos de pago de hasta 24 meses y la nueva figura de la suspensión temporal de patente.
UNGL afirmó que el siguiente paso y como parte del compromiso de los gobiernos locales, es generar un plan de comunicación que garantice que los habitantes de cada cantón, conozcan los detalles del mismo y de esta forma puedan acceder a las opciones de pago que contemplan.
Por su parte, advirtió que las restantes municipalidades que aún no han aprobado el plan, se encuentran en el proceso respectivo, pues se deben realizar análisis financieros a lo interno, teniendo en cuenta las capacidades de cada municipio y posteriormente someter el plan a la aprobación de los Concejos Municipales.
Karen Porras, directora ejecutiva de la UNGL aseveró que «en UNGL reconocemos el compromiso de las municipalidades desde inicio de esta pandemia y ahora confeccionando estos planes de moratorias tan importantes para la ciudadanía duramente golpeada por el desempleo, son justamente los gobiernos locales quienes pueden contribuir activamente en la reactivación de sus territorios conforme a sus posibilidades, esta es una forma de darle a los contribuyentes un poco de paz en medio de la crisis por ello agradecemos el apoyo de los diputados y diputadas quienes entendieron de forma oportuna esta necesidad».
El Artículo 12 de la ley 9848, se autoriza a las municipalidades y concejos municipales de distrito para que otorguen a los licenciatarios una moratoria en el pago por concepto del impuesto de patentes por actividades lucrativas, así como del impuesto por venta de bebidas con contenido alcohólico en el caso de las licencias clase B.
La moratoria tendría efecto a partir del segundo trimestre. El beneficio se puede extender por un máximo hasta de tres trimestres, pero la aplicación y plazo es una decisión municipal en función de los análisis técnicos financieros.
Finalmente, la UNGL indicó que el requisito para optar por el beneficio es la reducción del 20% de ingresos brutos de la actividad lucrativa del contribuyente, para lo cual el interesado deberá aportar documentos que comprueben esa condición.
Es importante recalcar que es decisión de cada municipalidad aplicar las moratorias y definir los plazos para implementar las opciones establecidas en la Ley.