Presencia continua de Israel en los Territorios Palestinos Ocupados es ilegal, dice la CIJ

Magistrados de la Corte Internacional de Justicia (foto de archivo). © CIJ

La Haya, 19 jul (ONUNoticias) – La Corte Internacional de Justicia (CIJ) dictaminó este viernes que la presencia continua del Estado de Israel en los Territorios Palestinos Ocupados es ilegal.

Por once votos a cuatro, el dictamen de la Corte tuvo lugar durante una audiencia pública tras la solicitud de la Asamblea General al órgano de que emitiera una opinión consultiva sobre las consecuencias legales derivadas de las políticas y prácticas de Israel en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental.

La Corte señaló que Israel está obligado a poner fin a su presencia ilegal lo antes posible, así como a cesar inmediatamente todas las nuevas actividades de asentamiento y a evacuar a todos los colonos.

También está obligado a indemnizar por los daños causados a todas las personas físicas o jurídicas afectadas en los Territorios Palestinos Ocupados.

Obligaciones de los miembros de la ONU

La Corte consideró, además, que todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas están obligados a no reconocer la legitimidad de esta situación derivada de la presencia ilegal del Estado de Israel en el Territorio Palestino Ocupado y a no proporcionar ayuda o asistencia para mantenerla.

Las Naciones Unidas, en particular la Asamblea General, y el Consejo de Seguridad, deben “examinar las modalidades precisas y las nuevas medidas necesarias” para poner fin a la ocupación lo antes posible, señaló la Corte.

Solicitud de la Asamblea General

La petición de la Asamblea General para que emitiera una opinión se remonta a una resolución aprobada en diciembre de 2022. El mes siguiente, el Secretario General de las Naciones Unidas informó oficialmente a la Corte sobre la solicitud. Ésta incluía dos preguntas:

En primer lugar, ¿cuáles son las consecuencias jurídicas de la continua violación por parte de Israel del derecho del pueblo palestino a la libre determinación, su prolongada ocupación, asentamiento y anexión del territorio palestino ocupado desde 1967, incluidas las medidas encaminadas a cambiar la demografía, el carácter y la condición de la Ciudad Santa de Jerusalén, y su aprobación de la legislación y las medidas discriminatorias pertinentes?

En segundo lugar, ¿cómo afectan las políticas y prácticas mencionadas de Israel a la condición jurídica de la ocupación, y qué consecuencias jurídicas se derivan de esta situación para todos los Estados y las Naciones Unidas?

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