San José, 19 may (elmundo.cr) – El exdiputado Otto Guevara señaló que en Costa Rica lo que se debe implementar es el “LOW FLAT TAX”.
Guevara explicó que “es un impuesto sobre la renta con una sola tasa, baja y uniforme, para todas las personas físicas y jurídicas, es lo que debemos impulsar. Eso, acompañado de la eliminación de otros impuestos, y reducción del IVA a no más del 10%”.
“Esa reforma tributaria debe ir acompañada de una reducción sustancial del gasto público, así como venta de activos y explotación de recursos naturales para poder invertir en la infraestructura que requerimos para vivir mejor y ser más competitivos”, agregó.
El Ministerio de Hacienda presentó a la corriente legislativa un proyecto para aplicar la renta global en Costa Rica.
El ministro de Hacienda, Nogui Acosta, señaló que «la transformación del marco tributario del país se requiere para hacerlo más justo más equitativo y mas progresivo».
«Tenemos un sistema muy complicado, muy injusto, basado en un sistema cedular que ya a nivel internacional no es el adecuado, y el proceso de modernización obliga a tener un proyecto de renta global mucho más justo, más equitativo, pero sobre todo progresivo, donde los que más tienen pagan más», aseguró.
¿Qué es el “flat tax”?
El “flat tax” o impuesto de tasa plana consiste en un tributo que se aplica de la misma forma a las diferentes modalidades productivas: trabajo, capital y consumo con una tasa única. Esta carga gira básicamente alrededor de dos clases de contribuyentes: empresas y a personas físicas, con la misma tasa, para evitar cambiarse de régimen según convenga.
El impuesto se aplica a las rentas, o ingresos netos, de cualquier actividad económica, sean empresariales o profesionales, desarrolladas por personas físicas o morales, civiles o mercantiles.
También grava las rentas de capital por uso del derecho de autor, marcas y patentes, alquileres, honorarios de directores, retiros particulares, dividendos y remuneraciones de ejecutivos que sean al mismo tiempo dueños y empleados de su empresa, en la parte que exceda el sueldo.