Sanciones que dejó la jornada 14

» Cinco clubes y cuatro jugadores fueron los sancionados

San José, 27 set (elmundo.cr) – Este lunes el Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol dio a conocer las sanciones luego de la jornada 14 del fútbol de Primera División que se llevó acabo el pasado fin de semana.

Fueron cinco los clubes sancionados y cuatro jugadores sancionados, a continuación se detalla las sanciones impuestas.

Pérez Zeledón
-Al club: una multa de 200.000 colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario, por incurrir en conducta incorrecta por cuarta ocasión en la temporada (cinco o más personas sancionadas en un mismo partido).

-Al jugador Luis Carlos Barrantes Campos: un partido de suspensión y una multa de 75.000 colones de conformidad con el artículo 35, por acumular cinco tarjetas amarillas por primera ocasión en el presente torneo.

-A jugador Mauricio Núñez Morales: un partido de suspensión y una multa de 75.000 colones de conformidad con el artículo 35, por acumular cinco tarjetas amarillas por primera ocasión en el presente torneo.

LD Alajuelense
-Al jugador Dilan Bran Chavarría: un partido de suspensión y una multa de 75.000 colones de conformidad con el artículo 34, por recibir dos tarjetas amarillas en un mismo encuentro.

AD San Carlos
-Al jugador Yosel Piedra Guillén: un partido de suspensión y una multa de 75.000, por acumular cinco tarjetas amarillas por primera ocasión en el presente torneo.

AD Guanacasteca
-Al club: una multa de 100.000 colones de conformidad con el artículo 54 inciso 9, por no destacar las zonas amarillas en la gradería durante el partido.

Deportivo Saprissa
-Al club: una multa de 75.000 colones de conformidad con el artículo 42 inciso 1, ya que por segunda ocasión en la temporada es culpable de retrasar el inicio del encuentro.

-Al club: otra multa de 100.000 colones de conformidad con el artículo 55.2 inciso c), por el ingreso de objetos no permitidos (bombas de humo).

Sporting FC
-Al club: una multa de 75.000 colones de conformidad con el artículo 42 inciso 1, ya que por segunda ocasión en la temporada es culpable de retrasar el inicio del encuentro.

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