Fútbol Nacional

Cartaginés vs. Saprissa: Así fue como los árbitros discutieron si el primer gol brumoso era válido

La polémica del primer gol del Club Sport Cartaginés contra el Deportivo Saprissa, en el reciente duelo del campeonato nacional, tuvo un capítulo clave en la cabina del VAR. El debate arbitral giró en torno a una pregunta decisiva: ¿salió o no totalmente el balón en la jugada previa a la anotación?

El sistema de videoarbitraje revisó la acción con distintas tomas y ángulos disponibles. Durante la conversación, los árbitros del VAR coincidieron en que no existía una imagen concluyente que mostrara el balón cruzando completamente la línea de fondo, requisito indispensable para sancionar que estuvo fuera de juego.

“Por las cámaras que tenemos, no hay certeza de que la pelota salió totalmente”, se escuchó decir a uno de los jueces en la revisión. Otro agregó: “La sombra puede engañar, pero no hay evidencia clara y obvia para anularlo”.

La regla es clara, pero la evidencia no siempre lo es

De acuerdo con las Reglas de Juego de la FIFA, un balón está fuera únicamente cuando cruza por completo la línea de gol o de banda, ya sea por el suelo o por el aire. Si una mínima parte de la circunferencia se mantiene sobre la línea, la pelota sigue en juego.

En este caso, la interpretación del VAR se basó en el protocolo internacional: para revertir una decisión de campo, la evidencia debe ser clara, obvia y concluyente. Como no se logró demostrar que el balón salió totalmente, el gol se validó.

El ángulo de las cámaras, un factor decisivo

Uno de los retos en este tipo de acciones es la ubicación y calidad de las cámaras. Las transmisiones televisivas no siempre ofrecen el plano exacto para trazar una línea perpendicular a la línea de gol, lo que dificulta determinar si la pelota ha cruzado en su totalidad.

Por eso, aunque desde algunas tomas parecía que el balón pudo haber salido, el VAR no tuvo herramientas técnicas para confirmarlo sin margen de duda.

La jugada seguirá siendo tema de debate entre aficionados, pero en el terreno arbitral, la conclusión fue firme: sin evidencia concluyente, el gol se mantiene.

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Edicto

Yo MARIA CECILIA BONILLA GAMBOA, número de identificación 1-0329-0230, solicitante del Certificado de depósito a plazo, emitido por el BANCO NACIONAL DE COSTA RICA, oficina de SAN PEDRO MONTES DE OCA, que se detalla a continuación:

Tipo de título (CDP o cupón): CUPON
Número de título valor: 400-02-080-129313-1
Monto: $18.70
Fecha de emisión: 26/07/2024
Fecha de vencimiento: 28/07/2025

Título(s) emitido (s) A LA ORDEN, a una tasa de interés del 3.66 %.
Solicito reposición de este documento por causa de EXTRAVIO.

Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el
término de quince días.

Emitida en SAN PEDRO, el 29 de julio del 2025.
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

Código: RE01-PR29CP01