San José, 1 ago (elmundo.cr) – El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) inscribió oficialmente al Partido Pueblo Soberano y podrá participar en las elecciones municipales de 2024.
El por tanto de la resolución DGRE-0296-DRPP-2023, indica: “Inscríbase al partido Pueblo Soberano a escala Nacional. Sus siglas administrativas serán PPSO. La divisa según disponen los estatutos de la agrupación será: “(…) una bandera rectangular con un lado uno coma cinco veces más largo que el otro, será de color turquesa (Pantone siete siete uno cero C). Al centro del rectángulo llevará el nombre “Partido Pueblo Soberano”, vaciado de color blanco tipografía Arial, centrada abarcando un cuarenta por ciento del área de la bandera.” Tome en consideración, que deberá aportar la divisa en formato digital, según lo indicado en los puntos uno y dos del considerando e), de esta resolución”.
“Se toma nota de la aprobación de los Reglamentos del Tribunal de Ética y Disciplina y del procedimiento para la resolución de casos sometidos a su conocimiento y Tribunal de Alzada y su procedimiento; del Tribunal de Elecciones Internas y la celebración de elecciones internas, y el Reglamento de Tesorería. Tome nota el partido político de lo indicado en los apartados c) y e) del considerando de fondo de esta resolución, en relación con los ajustes que deberá realizar dentro del estatuto, así como en la estructura del Comité Ejecutivo Superior, aspectos que, deberán ser subsanados en una Asamblea Superior de previo a la presentación de la inscripción de candidaturas a puestos de elección municipal del año 2024”, agrega la resolución.
El documento del TSE recalca que “se advierte que una vez firme la presente resolución el partido político deberá tramitar ante la Secretaría del Tribunal Supremo de Elecciones la oficialización de los correos electrónicos (artículo 1 del Reglamento de Notificaciones a Partidos Políticos por Correo Electrónico), así como la legalización de los libros de actas de la asamblea superior y comité ejecutivo superior y libros contables (Reglamento para la Legalización Manejo y Reposición de los Libros de Actas de los Partidos Políticos), ante los Departamentos de Registro de Partidos Políticos y Financiamiento de Partidos Políticos”.
“Téngase por acreditado el Estatuto según lo indicado en esta resolución y el anexo adjunto, así como la designación del Comité Ejecutivo Superior con sus respectivas suplencias, el Fiscal General, los miembros propietarios y suplentes del Tribunal de Elecciones Internas, Tribunal de Ética y Disciplina y Tribunal de Alzada según lo indicado en el considerando de fondo, los nombramientos indicados así como el de todas las estructuras partidarias rigen por un período de cuatro años a partir de la firmeza de esta resolución”, indica.
De igual forma “deberá la agrupación política tomar en consideración lo señalado en la Circular DGRE007-2023 del trece de junio de dos mil veintitrés, por lo que, a partir del día en que se tenga por notificada la presente resolución, deberá celebrar una asamblea superior en el
plazo máximo de un mes calendario, para definir qué sexo ocupará el primer lugar de sus listas de candidaturas”.