TSE define montos máximos de contribución estatal para partidos políticos tras elecciones 2026

» El costo del voto fue fijado en ₡8.414,54; solo cinco agrupaciones lograron el derecho al reembolso de gastos.

San José, 04 jun (elmundo.cr) – El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) oficializó este jueves, mediante la resolución n.° 3788-E10-2026, la lista de las cinco agrupaciones políticas que tienen derecho a recibir la contribución estatal tras los comicios nacionales del pasado 1° de febrero.

El organismo electoral determinó que, tras un proceso de verificación de requisitos y cumplimiento de obligaciones ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el valor de cada voto emitido para efectos de reembolso se estableció en ₡8.414,54.

Este monto se desprende de la distribución de los ₡39.292 millones destinados por el TSE para sufragar los gastos de campaña de los partidos que superaron el umbral del 4% de los sufragios válidos, según lo estipulado en el artículo 96 de la Constitución Política.

Distribución de la deuda política

De las 24 agrupaciones que participaron en la contienda electoral, solo cuatro partidos y una coalición lograron acceder a este beneficio. El Partido Pueblo Soberano encabeza la lista con un monto máximo de ₡20.138.439.894,69, seguido por el Partido Liberación Nacional con ₡12.230.404.378,18.

Monto máximo de la contribución estatal por el que podrá optar cada partido político con derecho a ello
  Partido Político Votos válidos Monto máximo
  Partidos a Escala Nacional    
1 Coalición Agenda Ciudadana 229.274 ₡1.929.237.379,04
2 Frente Amplio 410.252 ₡3.452.085.684,50
3 Liberación Nacional 1.453.483 ₡12.230.404.378,18
4 Pueblo Soberano 2.393.288 ₡20.138.439.894,69
5 Unidad Social Cristiana 183.323 ₡1.542.580.423,59
Total 4.669.620 ₡39.292.747.760,00
Fuente: Elaboración del TSE con base en resultados electorales.

Proceso de liquidación

El TSE informó que los partidos tienen como fecha límite el miércoles 24 de junio para presentar sus liquidaciones de gastos ante el organismo.

Para que el reembolso sea efectivo, las agrupaciones deben presentar comprobantes, facturas y contratos originales correspondientes a las erogaciones realizadas entre el 1° de octubre de 2025 y el 18 de marzo de 2026.

Además, cada liquidación debe contar con una certificación emitida por un contador público autorizado, registrado ante la Dirección General de Registro Electoral.

Una vez recibida la documentación, el TSE procederá con una revisión exhaustiva para comprobar la veracidad de los gastos antes de emitir la resolución final que autorice el desembolso de los fondos públicos.

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