
San José, 4 dic (elmundo.cr)- El Tribunal de Arbitraje condenó al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) al pago de $112 millones a favor de la empresa PH Chucás, en aras de restablecer el equilibrio financiero del contrato y evitar el “enriquecimiento sin causa” de la entidad demandada.
Dicho monto corresponde al reclamo que hizo el contratista por los sobrecostos acaecidos durante la construcción del proyecto hidroeléctrico, debido al comportamiento geológico de la zona geográfica y otros factores.
En el laudo, del cual EL MUNDO tiene una copia, el Tribunal consideró que ese monto millonario corresponde a la diferencia del costo y valor real de la planta hidroeléctrica.
Además, el Tribunal rechazó la excepción de falta de derecho que interpuso la demandada. LEA TAMBIÉN: ICE conocía de sobrecostos y aun así consintió seguir con hidroeléctrica Chucás, según Tribunal de Arbitraje
Al respecto, los árbitros determinaron que el instituto y sus personeros especialistas sí tenían “pleno” conocimiento de los sobrecostos en el proceso constructivo y aun así consintieron seguir con las obras, bajo el argumento de que después se buscaría una solución.
Según consta en la sentencia, el ICE se negó a reconocer el aumento en el costo de la construcción, lo que para el Tribunal representó una conducta de “mala fe”-no permitida por el ordenamiento jurídico-, “afectando” económicamente a PH Chucás.
Asimismo, en el por tanto se declaró que la empresa habría cumplido con el contrato de compra de energía Licitación Pública Internacional 2006LI-000043-PROV.
También, que la compañía tenía derecho a una modificación del plazo contractual para finalizar la obra el 19 de noviembre anterior.
El Tribunal determinó que la institución no podía cobrar cláusula penal ni multa por el rezago en la entrega de la obra.
Aunado a ello, se exoneró a la actora de responsabilidad alguna en el atraso del proyecto, por lo que no deberá hacerle frente a la cláusula penal que se pretendía accionar por parte del ente demandado.
En la sentencia, se condenó al ICE a pagar ambas costas del proceso, que se llevó a cabo en el Centro Internacional de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Costarricense-Norteamericana de Comercio (AmCham), el 16 de noviembre anterior.
El caso
Bajo el expediente 0374-2015/AR-CICA, la empresa PH Chucás presentó una demanda contra el ICE, por sobrecostos que se dieron en la construcción de la planta hidroeléctrica, a raíz del aparente comportamiento geológico de la zona geográfica y otros factores como el nivel de precipitaciones y deslizamientos de terrenos.
Contrario a dicha versión, el instituto alegó que se trató simplemente de un contrato de venta de energía sin relación con la adquisición de una obra de infraestructura.
El acuerdo entre ambas partes se firmó el 27 de noviembre de 2011, para la compra de energía y el supuesto compromiso de construir una planta hidroeléctrica, con una capacidad instalada de 50 MW, según la Licitación Pública Internacional #2006LI-000043-PROV.
La planta, que en un principio fue valorada en $107 millones, se encareció en aproximadamente $280 millones, es decir hubo un incremento del %261 en la inversión a realizar.
Días atrás, lejos de reconocer la sentencia, el ICE presentó un recurso de adición y aclaración ante el Tribunal de Arbitraje.
“Lo resuelto por el Tribunal Arbitral contraviene la naturaleza del contrato BOT (construir, operar y transferir). Así así como dos sentencias del Tribunal Contencioso Administrativo –emitidas en marzo y junio de este año– por casos similares de generadores privados que pretendieron que el ICE les reconociera sobrecostos por atrasos en obras BOT”, alegó la entidad.
Los diputados de la Comisión de Ingreso y Gasto Público conocerán una moción esta semana, para llamar a cuentas al presidente ejecutivo de la institución, Carlos Obregón, y a la directora jurídica, Julieta Bejarano. LEA TAMBIÉN: Diputados llamarán a cuentas a Carlos Obregón y directora jurídica del ICE