Solicitud de datos puntuales del BCCR a la Sugef excede facultades y propósitos que le confiere la ley, señala la Cámara de Bancos

San José, 21 ago (elmundo.cr) – La Cámara de Bancos e Instituciones Financieras señaló que la solicitud de datos puntuales del BCCR a la Sugef excede facultades y propósitos que le confiere la ley.

En relación con la denuncia interpuesta por el Banco Central de Costa Rica contra la Sugef, la Cámara de Bancos e Instituciones Financieras considera importante destacar la necesidad de que la solicitud de información de los clientes de las entidades bancarias y financieras respete los derechos fundamentales a la intimidad y a la autodeterminación informativa, según la protección que brinda nuestro ordenamiento jurídico a los clientes del Sistema Financiero costarricense.

En este contexto, explicaron que “no procede solicitar información detallada (nombres, cédula, monto, etc.) de las operaciones crediticias de cada cliente, que exceda los fines y límites que establecen los derechos a la intimidad y a la autodeterminación informativa establecidos en el artículo 24 de la Constitución Política y la Ley de Protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales”.

“Las entidades bancarias y financieras conocen la necesidad de brindar tanto al Banco Central de Costa Rica como a la Sugef información agregada y anonimizada para fines estadísticos y de supervisión y así ha sido siempre”, recordaron.

Ante esto detallaron que “no obstante, la solicitud de datos puntuales de cada cliente y operación específica excede las facultades y propósitos que la Ley le confiere a los entes reguladores y supervisores”.

Para la Cámara “esta situación preocupa profundamente a la industria bancaria y financiera, pues recientemente, el Banco Central de Costa Rica también está exigiendo a las entidades bancarias y financieras que les entreguen el nombre, cédula, y montos de cada transacción cambiaria de las personas físicas y jurídicas que compran divisas, lo cual no solo es innecesario para efectos estadísticos, sino que además no justifica ni sustenta el propósito y base legal de este tipo de solicitudes”.

“En ese sentido, es necesario que la solicitud de información de parte de las reguladores y supervisores de los clientes de las instituciones bancarias y financieras, se delimite dentro de las facultades que el ordenamiento jurídico costarricense establece en resguardo de la privacidad y protección de la intimidad de los clientes y ciudadanos”, manifestaron.

“En ese orden de ideas, es criterio de la Cámara de Bancos e Instituciones Financieras que la solicitud efectuada por el Banco Central de Costa Rica a la Sugef de información crediticia detallada de los clientes de las entidades bancarias y financieras, resulta contraria a la protección del derecho a la intimidad y a la autodeterminación informativa”, concluyeron.

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