Solicitan a la Sala IV hacer cumplir a la CCSS fallo para la construcción de nueva sede del Hospital Geriátrico

San José, 13 jun (elmundo.cr) – Mediante 8 pruebas que evidencian el incumplimiento de lo ordenado en enero pasado por la Sala Constitucional, la Junta de Salud del Hospital Nacional de Geriatría y Gerontología, Raúl Blanco Cervantes, solicitó este jueves a esta instancia judicial aplicar las sanciones establecidas en contra de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) por los atrasos en los estudios que permitan la construcción de la nueva sede de este centro médico.

La solicitud presentada por la Junta de Salud detalla incumplimientos en el plazo de entrega de dos meses establecido por la Sala IV para que la CCSS presentara los estudios de factibilidad para la construcción de la nueva sede del centro médico.

Alicia Avendaño, presidenta de esta Junta de Salud señala además que no ha habido ningún avance en la compra y expropiación de los terrenos necesarios para la construcción de la nueva edificación y que el cronograma para la construcción no contempla los detalles de las obras a realizar.

“Esta Junta de Salud va a seguir insistiendo y dándole seguimiento a este tema porque la construcción de esta nueva sede es urgente ya que los adultos mayores requieren de un hospital especializado y de instalaciones apropiadas, las cuales no son las más aptas en este momento”, señaló Avendaño

La resolución emitida en enero pasado por Sala Constitucional obedeció a un recurso de amparo interpuesto por la Junta de Salud, la Municipalidad de San José y 1.200 personas en contra de una decisión de la CCSS de suspender la construcción de esta nueva sede.

El recurso planteado fue declarado con lugar y la Sala IV dictó el apercibimiento que indica que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se le impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado.

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