Sala IV rechaza conocer expediente legislativo sobre reforma al Código Procesal Penal

San José, 01 oct (elmundo.cr) – La Sala Constitucional declaró “no ha lugar a conocer” el expediente legislativo 24.495, correspondiente a la reforma del artículo 193 del Código Procesal Penal que pretende ampliar el horario de los allanamientos judiciales.

La decisión se basa en vicios de procedimiento en la Asamblea Legislativa.

La Sala explicó que la Constitución prevé dos tipos de veto: por conveniencia y oportunidad, y por razones de inconstitucionalidad. En el caso del veto por inconstitucionalidad, la Asamblea Legislativa debe analizar los argumentos del Ejecutivo y, si no está de acuerdo, remitir el asunto a la Sala.

Sin embargo, la Asamblea Legislativa procedió a “resellar” el proyecto vetado por razones de inconstitucionalidad y luego lo remitió a la Sala, lo cual es improcedente. Además, la Asamblea conoció el asunto en la segunda parte de la sesión, entre primeros y segundos debates, y no en el Capítulo de Régimen Interno, como establece el Reglamento del Parlamento, lo que también constituyó un vicio.

La Sala Constitucional determinó que no procede conocer la controversia hasta que la Asamblea Legislativa corrija los procedimientos. El magistrado Rueda Leal salvó el voto, argumentando que la Asamblea actuó de manera adecuada, considerando que la Comisión Legislativa acogió parcialmente las objeciones del Ejecutivo.

La sentencia completa se publicará en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, una vez finalizada su redacción y notificación.

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