San José, 18 mar (elmundo.cr) – La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ordenó al Patronato Nacional de la Infancia (PANI) permitir que la madre de un bebé de dos meses, acusada de abuso físico contra el menor, lo amamante.
Los magistrados declararon con lugar por unanimidad el recurso de amparo presentado por la madre del menor contra el PANI, alegando que le rechazaron darle de amamantar a su hijo. Según el fallo, esa institución deberá crear un régimen de visitas entre la madre y el menor con el fin de que se le sea garantizada la lactancia materna, bajo supervisión de ser necesario.
Si bien los magistrados de la Sala IV alegan que el PANI actuó correctamente al separar a la madre del menor mientras se realizaba la investigación, el derecho del menor a la alimentación prevalece. Además, los magistrados consideraron que el menor al tener solo dos meses de edad debe mantener un estrecho lazo con su madre, al determinar que es de vital importancia para su desarrollo y adaptación.
El menor fue separado de sus padres debido a que fue hospitalizado por segunda vez y los médicos afirmaron que su diagnóstico era del “síndrome del niño agredido” por lo que fue enviado a un albergue del PANI.
“El plazo establecido por el recurrido (seis meses de abrigo temporal y cincuenta días para realizar una investigación preliminar), resulta excesivo y puede provocar una desvinculación total del menor con su familia consanguínea, en especial al vínculo materno y su derecho a recibir lactancia materna, lo que podría acarrear efectos insuperables”, dicta la resolución.
La Sala estuvo integrada por el magistrado Armijo Sancho quien presidió y los magistrados Jinesta Lobo, Cruz Castro, Hernández Lopez como ponente, Salazar Alvarado, Picado Brenes y Campos Calvo.