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Sala IV ordena a la Asamblea Legislativa nombrar magistraturas suplentes para evitar parálisis judicial

San José, 31 jul (elmundo.cr) – La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo que cuestionaba la falta de nombramiento de magistraturas suplentes, situación que ponía en riesgo el acceso a la justicia y la resolución de expedientes críticos.

El fallo, bajo la sentencia 2026-13498, determinó que la Asamblea Legislativa vulneró el derecho de acceso a la justicia constitucional al no integrar debidamente el Tribunal, tras el vencimiento de los periodos de los magistrados suplentes el pasado 16 de diciembre de 2025.

La mayoría de los magistrados —Cruz Castro, Rueda Leal, Araya García y Hess Herrera— ordenó dejar sin efecto cualquier acuerdo legislativo que pretendiera devolver la nómina de candidatos a la Corte Suprema de Justicia para solicitar una nueva, instando al Congreso a proceder con el nombramiento de los perfiles ya propuestos.

“Se ordena a Yara Jiménez Fallas, en su condición de presidenta de la Asamblea Legislativa, o a quien ejerza ese cargo, que coordine lo pertinente y disponga lo correspondiente dentro del ámbito de sus competencias para que la nómina de candidatos para magistrados y magistradas suplentes de la Sala Constitucional sea conocida por el Plenario en la próxima oportunidad posible”, señala la resolución.

Medida transitoria ante la crisis

Con el fin de evitar la paralización del órgano jurisdiccional, la Sala dictó una medida transitoria: se prorrogan provisionalmente los mandatos de las magistraturas suplentes que vencieron en diciembre de 2025. Esta disposición se aplicará exclusivamente en casos “urgentes e indispensables”, donde las magistraturas propietarias se encuentren inhabilitadas o incapacitadas para votar.

El fallo también condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados, los cuales deberán ser liquidados en la vía contencioso-administrativa.

Por su parte, los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas salvaron el voto y declararon sin lugar el recurso, argumentando sus propias razones jurídicas sobre el caso.

La Sala Constitucional notificó la decisión al presidente de la Corte Suprema de Justicia para los fines correspondientes, reafirmando que el funcionamiento pleno de la jurisdicción constitucional es un pilar indispensable para la tutela efectiva de los derechos de todos los ciudadanos.

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