Sala IV niega a privada de libertad derecho a ver su hijo recién nacido en hospital

Edificio de la Corte Suprema de Justicia.

Corte Suprema de Justicia-edificio Corte Sala Constitucional IV (1)San José, 07 nov (elmundo.cr) – La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (Sala IV) declaró sin lugar un recurso de hábeas corpus interpuesto por una privada de libertad en contra del Juzgado Penal Juvenil del II Circuito Judicial de Alajuela con sede en San Carlos; al Hospital San Vicente de Paúl, el Centro de Menores Juvenil Zurquí y el Patronato Nacional de la Infancia (PANI).

La mujer alegó que se le negó el derecho a visitar y alimentar a su bebé recién nacido que se mantiene en el Hospital San Vicente de Paúl, lo que violenta sus derechos y los de su hijo.

Sin embargo, mediante la sentencia 2015-016557 de la Sala IV, los magistrados rechazaron el recurso, pues “el Estado tiene la obligación de brindar protección y asistencia, como sería la ubicación temporal en instituciones adecuadas para su protección, o en hogares sustitutos, e incluso a través del instituto de la adopción. De tal manera, es posible que de modo excepcional el niño sea separado del lugar donde reside, si es necesario para su asegurar su protección”.

Para la Sala, el derecho a que el menor se encuentre sano y salvo en su integridad física y emocional, es superior al derecho que tiene su madre de asistirlo.

 

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