Sala IV encuentra vicios sustanciales de constitucionalidad en proyecto para creación del cantón de Colorado

San José, 21 may (elmundo.cr) – La Sala Constitucional evacuó la consulta facultativa del expediente 24-010272-0007-CO, relativa al proyecto 22.643 “Creación del Cantón Colorado, cantón duodécimo de la provincia de Guanacaste”.

Por unanimidad, los magistrados encontraron que la iniciativa consultada contiene vicios invalidantes del procedimiento legislativo.

En el voto 2024-013908, la Sala concluyó que, en el presente caso, la ausencia del cumplimiento del requisito poblacional no lesiona per se los principios de razonabilidad y proporcionalidad, puesto que la propia ley admite la excepción.

No obstante, para crear un cantón cuyo territorio no tiene el 1% de la población nacional, la Asamblea Legislativa debe necesariamente contar con el dictamen positivo ‒la recomendación‒ de la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa (CNDTA).

En este caso concreto dicho órgano técnico advirtió que “el territorio en cuestión no cumple con el artículo 9° de la ley 4366. Luego de análisis de la distancia con respecto al centro administrativo, el Comité recomienda que el territorio no califica para la excepción del artículo en mención”.

Para la Sala, la ausencia de ese requisito lesiona los principios de inderogabilidad singular de la norma legal, Ley de División Territorial Administrativa que establece el procedimiento legislativo para la creación de cantones, de regularidad y de seguridad jurídica.

“Tales principios deben respetarse en la labor legislativa”, sostiene la Sala Constitucional.

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