San José, 17 feb (elmundo.cr) – La Sala Constitucional declaró inconstitucional el decreto firmado por el presidente de la República, Rodrigo Chaves, que prohibía a solicitantes de refugio la salida del país.
Según la Sala IV el decreto del Gobierno contiene una disposición contraria a los derechos humanos; pues en su artículo 59, prohíbe que una persona solicitante de refugio salga de Costa Rica.
Chaves había explicado en noviembre anterior que este impedimento se emitió porque si una persona sale del país, no tiene una necesidad real de protección internacional por parte del Estado costarricense.
El pasado 14 de febrero los magistrados declararon con lugar un hábeas corpus presentado por un ciudadano nicaragüense solicitante de refugio contra la Dirección de Migración y Extranjería (DGME), la cual le impidió salir del país para asistir a un evento académico.
La resolución de la Sala IV indica que “la restricción de tránsito impuesta por la autoridad recurrida -vía reglamentaria- a las personas solicitantes de refugio es contraria a los derechos humanos de las personas migrantes, pues impone limitaciones a su libertad ambulatoria, mediante un instrumento jurídico que no es idóneo ni legítimo para esos efectos”.
Esta resolución se fundamenta en buena medida en un informe técnico de la oficina local del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) basado en la «Convención sobre Refugiados de 1951”, de la cual Costa Rica es firmante.
“En opinión del ACNUR cualquier consecuencia mecánica o automática que la salida del país del solicitante de asilo pueda tener sobre los méritos de la solicitud o la continuidad del procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado, resultaría incompatible con los estándares internacionales sobre el derecho de buscar asilo y las garantías del debido proceso”, se cita en la resolución.