Sala IV declara inconstitucional artículos de Ley Jaguar

San José, 29 jul (elmundo.cr) – La Sala Constitucional evacúo la consulta de constitucionalidad presentada por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) al expediente legislativo 24.364. denominado “Ley Jaguar para impulsar el desarrollo de Costa Rica”.

Los magistrados encontraron vicios de constitucionalidad en todos los artículos consultados.

La Sala Constitucional define por mayoría, que el artículo 2 resulta inconstitucional en su totalidad. Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas salvan parcialmente el voto y declaran inconstitucional la norma solo respecto de la supresión de la competencia de garantizar la eficiencia en el manejo de los fondos públicos.

Por mayoría, el artículo 3 resulta inconstitucional, salvo respecto de los verbos “sustituir” y “abarcar”, en el tanto la Contraloría General de la República no ejerce funciones de Administración activa. Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas salvan parcialmente el voto y acotan tal inconstitucionalidad únicamente respecto del ejercicio del control de legalidad y eficiencia de los fondos públicos.

Por unanimidad, el artículo 4 resulta inconstitucional. Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas consignan razones diferentes.

Por mayoría, el artículo 5 resulta inconstitucional en su totalidad. Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas salvan parcialmente el voto y acotan tal inconstitucionalidad únicamente a la medida cautelar de suspensión de la ejecución de actos y contratos directamente vinculados al manejo de los fondos públicos.

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