Sala IV declara con lugar recurso de amparo a favor de joven que fue discriminado por su orientación sexual

San José, 13 mar (elmundo.cr) – La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo conocido en el expediente 23-016593-0007-CO e interpuesto contra el Club Social La Fira.

El recurrente señala que el 23 de junio de 2023 acudió al club social “La Fira”, ubicado en el Centro Vía Lindora, manifestó que al llegar al establecimiento experimentó miradas intimidantes por parte de los oficiales de seguridad, debido a su expresión de género y orientación sexual, ya que esa noche llevaba maquillaje en su rostro.

El joven detalló que, debido a que no tenía reservación, optó por unirse a la fila y esperar para poder ingresar al lugar. Sostiene que al llegar su turno para ser atendido se le informó que no podía ingresar porque llevaba un bolso, consultó si podían ingresar si él le entregaba el bolso a la amiga que le acompañaba, a lo cual el personal del establecimiento accedió. Afirma que cumplió la condición, sin embargo, al revisar sus cédulas de identidad, les informaron que desde “monitoreo de seguridad” no le permitía el ingreso al lugar porque se reservaban el derecho de admisión.

En la sentencia 2024-6767, por unanimidad, el Tribunal Constitucional tuvo por acreditada la lesión a los derechos del recurrente, concretamente al de igualdad y no discriminación, toda vez que por su apariencia y forma de vestir se le impidió el ingreso, sin que se le diera una justificación objetiva o razonable.

Los magistrados Cruz Castro, Hess Herrera y Delgado Faith dan razones adicionales, en las cuales se explica las implicaciones y tratamiento probatorio que debe darse a la discriminación por orientación sexual y expresión de género, en casos como este, donde tal trato discriminatorio proviene de un sujeto de derecho privado.

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