San José, 12 jun (elmundo.cr) – La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia condenó al Consejo de Transporte Público (CTP) y a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) por la falta de máquinas lectoras de cédula de identidad en autobuses de la ruta La Periférica.
La Sala IV declaró con lugar un recurso de amparo presentado por un adulto mayor, quien se quejó que al presentar su cédula en algunas unidades de transporte público modalidad bus, esta no le era devuelta de inmediato pues se carecía de la máquina que lee la cédula, teniendo el chófer que apuntar en una libreta los números de identificación del usuario.
Los magistrados ordenaron a la ARESEP y al CTP, coordinar y adoptar las medidas necesarias a fin de fiscalizar si la empresa que opera la ruta cuenta con los mecanismos efectivos de control, que garanticen a los adultos mayores el acceso al servicio de transporte público.
Asimismo, el CTP deberá emitir en dos meses un reglamento con el fin de que se garantice el cumplimiento de máquinas lectoras de cédulas en todas las unidades de autobús del país, estipulado en el numeral 33 b de la Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores.
“La Ley es clara al indicar que el Ministerio de Obras Públicas junto con la ARESEP son los responsables de vigilar y fiscalizar las disposiciones de control de los servicios públicos, las cuales van más allá de garantizar la existencia de asientos preferenciales y la eliminación de barreras arquitectónicas, sino que comprenden también el beneficio que tienen las personas mayores de 65 años de viajar sin costo alguno en determinados desplazamientos y con una tarifa reducida en otros”, dijeron los magistrados.
De acuerdo con la Sala IV, el CTP además incumplió lo ordenado en la sentencia 2014-7030, donde los magistrados le exigieron emitir los mecanismos efectivos que garantizaran el respeto de los derechos de la población adulta mayor.