San José, 21 abr (elmundo.cr)- La semana anterior, los magistrados de la Sala Constitucional acogieron para estudio una acción de inconstitucionalidad presentada por legisladores de Restauración Nacional contra la norma técnica que regula el aborto terapéutico.
Dentro de los 15 días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese.
Se confiere audiencia por 15 días a la Procuraduría General de la República y al Ministro de Salud.
“Restauración Nacional siempre defenderá la vida, defenderemos la vida del no nacido y la de su madre. Con esta norma técnica que hemos dicho enfáticamente es innecesaria, el Poder Ejecutivo violentó la separación de poderes, e irrumpió una potestad exclusiva de la Asamblea Legislativa, la regulación en materia penal”, sostuvo el diputado Carlos Avendaño.
Estos congresistas piden que se declare inconstitucional el Decreto Ejecutivo No. 42113-S por estimarlo “contrario a los principios de legalidad, de reserva de ley en materia penal, de separación de poderes y competencia exclusiva y excluyente de la Asamblea Legislativa para legislar, seguridad jurídica y el derecho a la vida”.
La norma fue firmada en diciembre de 2019 por el presidente de la República, Carlos Alvarado, luego de un proceso de revisión y redacción por parte del Ministerio de Salud y la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).
Esta entrará a regir obligatoriamente en seis meses, y contempla la aplicación de lo establecido en el artículo 121 del Código Penal desde 1970, que reza:
No es punible el aborto si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios.