
San José, 24 jul (elmundo.cr)- La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo contra la Clínica Dr. Marcial Fallas Díaz.
Se trata de una mujer que interpuso un recurso contra la clínica, pues requiere un ultrasonido de control cada 6 meses pero le dieron cita hasta septiembre de 2027, dentro de 9 años y 8 meses, la recurrente considera vulnerado su derecho a la salud ya que estima que el plazo es desproporcionado e irrazonable.
El tribunal tuvo por demostrado que la amparada fue diagnosticada de nódulo en tiroides y que el examen prescrito es parte del proceso de control de su padecimiento, por lo que adquiere particular relevancia que se realice con la periodicidad recomendada.
La espera excesiva, irrazonable y desproporcionada incide negativamente en la calidad de vida de la amparada, por lo que se verifica la violación a su derecho a la salud.
Ante esto, la Sala Constitucional, por unanimidad, ordenó al director médico del CAIS Dr. Marcial Fallas Díaz disponer de lo necesario para que en el término indicado en el reporte de salud y prescrito por su médico tratante, se realice el ultrasonido de control cada 6 meses, tal cual lo requiere la amparada.
El tribunal considera que la Administración debe ejecutar de manera pronta y oportuna las acciones necesarias para resguardar la salud y vida de las personas usuarias.
La Sala Cnstitucional estuvo integrada por los Magistrados Cruz Castro, quien preside, Castillo Víquez, Rueda Leal, Hernández López, Salazar Alvarado, Hernández Gutiérrez y Esquivel Rodríguez.
Según la Sala Constitucional, la vida resulta inconcebible si no se le garantizan a las personas, las condiciones mínimas para un adecuado y armónico equilibrio psíquico, físico y ambiental.