San José, 5 feb (elmundo.cr) – El presidente de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Arias, no aceptó los condicionamientos propuestos por la presidenta de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), Marta Eugenia Esquivel, para asistir a las convocatorias a las comisiones del Congreso.
En una carta enviada al presidente legislativo, Esquivel señala que “si no se garantiza la protección de mi integridad física, deberé abstenerme de asistir a futuras convocatorias de los diputados y diputadas”.
Ante esto, el presidente del Congreso le recuerda que “la división de Poderes establecida en nuestra Constitución Política le establece como una atribución a esta Asamblea Legislativa el control político sobre todas las actuaciones de los órganos y funcionarios del Estado”.
Arias le explica que “con respecto a esa función de control político, el deber de asistir a las comparecencias tiene además rango constitucional, según lo dispuesto en el inciso 23 del artículo 121 de nuestra Carta Magna, que, en lo que interesa, dispone que las Comisiones “Podrán recibir toda clase de pruebas y hacer comparecer ante sí a cualquier persona, con el objeto de interrogarla””.
Esa obligación de asistencia está también desarrollada en el artículo 112 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que dice así:
ARTÍCULO 112.- Requerimiento de funcionarios y particulares
Corresponde al Presidente de la Comisión, previa moción aprobada al efecto, requerir la presencia de aquellos funcionarios y particulares cuya comparecencia en la comisión se considere necesaria para la decisión del asunto que se discute, con el propósito de que sean interrogados por los diputados.
Toda persona deberá asistir al ser convocada, salvo justa causa, y, en caso de renuencia, será conducida por la Fuerza Pública. La persona citada podrá asistir acompañada de un abogado, y negarse a declarar en los casos en que así la faculte la Constitución o la ley, y cuando se trate de asuntos diplomáticos, jurisdiccionales o militares pendientes.
(…)
“Así las cosas, es un deber constitucional de cualquier persona, especialmente si es funcionario público, acudir al llamado que le haga una comisión legislativa y, en caso de que la persona llamada a comparecer se negare a hacerlo, deberá hacerse responsable de sus actos, con las consecuencias que ello genere, según lo dispuesto en el artículo 112 citado”, asegura Arias.
El presidente de la Asamblea Legislativa le recalcó a Esquivel que “le garantizo su seguridad en las comparecencias que se programen de conformidad con los protocolos y reglamentos de esta Asamblea Legislativa, para que se pueda dar debido cumplimiento a estas obligaciones constitucionales, en el marco del respeto que debe prevalecer en este tipo de audiencias”.