
Redacción, 21 abr (elmundo.cr) – El diputado Antonio Álvarez Desanti, del Partido Liberación Nacional (PLN), presentó este jueves en el Salón de Expresidentes de la Asamblea Legislativa, la iniciativa de Ley de Justicia Restaurativa.
“En la actualidad existe una percepción ciudadana de aumento de la inseguridad, a lo cual se suma la reincidencia y reiteración delictiva, porque no se está logrando una eficiente resocialización, que contribuya con la prevención de las acciones delictivas, eso aunado al problema de hacinamiento carcelario crítico que enfrenta el país, por eso es importante que podemos dar a nuestro ordenamiento jurídico penal instrumentos que permiten sustituir la pena de prisión”, dijo el diputado.
Lo que se pretende con este proyecto, indican desde el partido, es establecer con carácter permanente y con alcance nacional “la elaboración, aplicación y evaluación de políticas y procesos de Justicia Restaurativa” como un medio de resolución alterna de conflictos en conocimiento del Poder Judicial del Estado costarricense.
“El procedimiento penal restaurativo aplicaría para aquellas penas de cárcel donde proceda la suspensión condicional de la pena cuando la pena no exceda de tres años y consista en prisión o extrañamiento o en los asuntos por delitos sancionados exclusivamente con penas no privativas de libertad”, agregó.
Lo que se busca es que la persona ofensora frente a la comisión de un delito “asuma la responsabilidad por el daño causado a la víctima y a la comunidad”. ¿Cómo se lograría esto? Según explican sería mediante un proceso de colaboración, comunicativo y proactivo en una Reunión Restaurativa donde se construyan acuerdos satisfactorios para todas las partes.
“Hablamos de que aún para la persona ofensora se le gestaran capacidades para la vida en sociedad, mejorando la cohesión social. Para ello el Estado, las organizaciones privadas sin fines de lucro declaradas de interés público o de utilidad pública y las comunidades, mediante redes de apoyo podrán ofrecer oportunidades para que estas puedan cumplir los planes reparadores, bajo la supervisión estatal”, explicó.
La Justicia Restaurativa se desarrollará mediante tres programas; el primero es el de Justicia Penal Restaurativa para personas ofensoras mayores de edad en conflicto con la ley penal; el de Justicia Penal Juvenil Restaurativa para personas ofensoras menores de edad en conflicto con la ley penal y el de Tratamiento de Drogas bajo supervisión Judicial como un proceso de justicia restaurativa en donde a la persona ofensora que se le imputa un delito asociado a un consumo problemático de drogas se somete a un programa de rehabilitación para tratar su adicción y restablecer conductas sociales productivas.
Este Programa se inició en mayo del 2012 con un proyecto piloto en materia penal ubicado en el Primer Circuito Judicial de San José. Actualmente funciona en el Tercer Circuito Judicial San José (sede Pavas), Circuito Judicial de Heredia, Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), Segundo Circuito Judicial Limón (Pococí), y a la fecha cuenta con resultados reveladores.
Algunos de los beneficios de que este programa se aplique a nivel nacional, apuntan desde el propio partido, es que la Justicia Restaurativa implica un ahorro de recursos públicos de un 95% en relación a los casos tramitados mediante los procesos penales ordinarios, el tiempo aproximado de duración de un procedimiento restaurativo es de un mes, frente a dos años o más, de un caso resuelto por un proceso penal ordinario. Asimismo, indican que un caso tramitado mediante Justicia Restaurativa se resuelve “al menos 24 veces más rápido” que un caso tramitado en sede penal de forma ordinaria.
“Podemos decir que con esto obtenemos una efectividad en el cumplimiento de las condiciones de un 94% y el resultado restaurativo se hace efectivo mediante un plan de restitución de los daños que pueda ser económico o en especie, reparando o reemplazando algún bien, la realización u omisión de una determinada conducta, sometimiento a terapias o programas para el tratamiento de adicciones, la prestación de servicios a la comunidad o de cualquier otra forma lícita solicitada por la víctima u ofendido”, acotó Álvarez Desanti.