Presentan moción para interpelar a Daniel Salas por la aprobación del protocolo para abortos terapéuticos

Doctor Daniel Salas, Ministro de Salud, Conferencia de Prensa sobre casos de Sarampión en el país, Casa Presidencial, Costa Rica. 21 Marzo 2019. Foto: Roberto Carlos Sánchez @rosanchezphoto

San José, 10 dic (elmundo.cr) – Un grupo de diputados presentó una moción para interpelar a el ministro de Salud, Daniel Salas, por la aprobación del “Protocolo de atención clínica para el procedimiento médico vinculado con el artículo 121 del Código Penal: interrupción terapéutica del embarazo”.

En la moción se aseguró que “en reiteradas ocasiones el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica ha indicado que no se requiere una norma técnica del artículo 121 del Código Penal, ni un protocolo para su aplicación, debido a que los profesionales en la materia tienen la formación y capacidad para determinar la mejor forma de actuar cuando se presenten las situaciones previstas en la ley”.

Además, se indicó que “tanto la referida norma técnica como su protocolo trastocan el sentido original del artículo 121 del Código Penal, en tanto de la literalidad de la ley no se desprende, en ningún momento la posibilidad de que la madre solicite el aborto, sino que este debe realizarse cuando un médico o una obstétrica autorizada considere que la vida o la salud de la madre se encuentra en peligro, por lo que estamos en realidad frente a un acto de modificación legislativa que correspondía decidir o no a esta Asamblea y no al Poder Ejecutivo”.

De igual manera, se afirmó “que la norma técnica y su protocolo violentan el interés superior del menor, al cual se le trata sin dignidad al llamársele “producto” a lo largo de ambos textos y considerándolo material de desecho, todo lo cual niega el reconocimiento de persona sujeta de derechos que le otorga el artículo 31 del Código Civil, según el cual la existencia de la persona física goza de protección legal desde 300 días antes de su nacimiento”.

Finalmente, en la moción se recalcó que “este protocolo no contempla en ningún momento la voluntad participación, decisión o criterio del padre del niño o niña en el vientre cuando tuviese un vínculo relacional con la madre, lo cual constituye una violación a sus derechos como progenitor”.

El pasado viernes se comunicó que el Ministerio de Salud informó el pasado jueves a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) la aprobación del “Protocolo de atención clínica para el procedimiento médico vinculado con el artículo 121 del Código Penal: interrupción terapéutica del embarazo”.

El protocolo, conforme con lo estipulado en el Decreto Ejecutivo, estandariza la actuación en la red de servicios de salud de los diferentes profesionales (medicina gineco-obstétrica, perinatología, enfermería obstétrica y grupos de apoyo, entre otros) involucrados en la valoración de las mujeres en las que se considere que su vida o su salud estén en peligro, y que soliciten la interrupción terapéutica de su embarazo, por ellas mismas o por el médico tratante, de acuerdo con lo establecido en la norma técnica.

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