San José, 27 nov (elmundo.cr) – El Poder Judicial señala que la resolución dictada por el Juzgado de Ejecución de la Pena del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica se apega a criterios constitucionales y legales al anular una circular del Ministerio de Justicia que prohibió la comercialización de productos en una pulpería del centro penitenciario.
Según el Poder Judicial la prohibición carecía de criterio técnico y por el contrario podía establecer a lo interno del centro desigualdades en el acceso de esos productos.
“Sin criterio técnico alguno se limitó a la población de los privados de libertad acceso a varios artículos que no implican un riesgo para la salud o para la misma convivencia, además resultan contrarios a la proporcionalidad y violentan los derechos humanos”, agregan.
El Poder Judicial asegura que las restricciones impuesta por el Ministerio de Justicia y Paz resultan desproporcionadas, “la restricción de productos, contradice el principio de igualdad ante la ley, ya que no toma en cuenta las condiciones particulares de cada centro y las necesidades básicas de los internos, como la adaptación a climas extremos, y por ende condiciona la estancia dentro del centro penal de cada persona sentenciada de manera digna”.
Los productos que fueron prohibidos son de aseo personal, de higiene, medicamentos de venta libre, hielo entre otros.
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