Paulina Ramírez considera trascendente aprobación de Mercado de Deuda Interna Local

San José, 9 dic (elmundo.cr) – La diputada liberacionista y presidenta de la Comisión de Asuntos Hacendarios, Paulina Ramírez, considera trascendente la aprobación del proyecto tramitado bajo el expediente 22.893 “Promoción y Apertura del Mercado de Deuda Pública Interna Costarricense”.

“Como diputada presidenta de la Comisión de Asuntos Hacendarios, comisión responsable de dictaminar afirmativamente este proyecto, siempre estuve dispuesta a buscar consensos y acuerdos entre las partes más interesadas, a saber: Ministerio de Hacienda, Bolsa Nacional de Valores y Superintendencia General de Valores”, explicó la congresista quien reconoció la disposición política para lograr acuerdos.

Ramírez informó que el proyecto básicamente viene a regular los mecanismos para atraer la participación de inversionistas internacionales en el mercado de deuda pública local, y con ello, incrementar el número de inversores participantes no residentes, para la colocación de los títulos valores de deuda pública, emitidos por el Ministerio de Hacienda y el Banco Central de Costa Rica. “Gracias al esfuerzo multipartidario, aunado al aporte técnico de muchas instituciones, se logró un acuerdo político para avanzar con esta propuesta”, dijo la legisladora.

Algunas de las instituciones que colaboraron con su criterio fueron la Contraloría General de la República, operadoras de pensiones, el Poder Judicial, la banca pública, la Cámara de Fondos de Inversión, la Cámara de Intermediarios bursátiles, instituciones autónomas y demás entes consultados.

Mediante este proyecto, se adicionan los artículos 132 bis y 134 bis a la Ley Reguladora del Mercado de Valores, Ley N° 7732 y sus reformas, a efectos de habilitar al Ministerio de Hacienda, cuando lo estime necesario, el uso de medios internacionales de pago para materializar la liquidación transfronteriza de las operaciones, y a las entidades de custodia locales a ofrecer los servicios de subcustodia a entidades de custodia domiciliadas en el extranjero.

Asimismo, modifica el artículo 89 de la Ley de la Administración Financiera de la República y de Presupuestos Públicos, Ley N° 8131 y sus reformas, mediante el agregado de un párrafo que define el concepto de deuda pública interna, que es aquella deuda emitida y registrada dentro del país, en cualquier moneda, que se rige por las leyes nacionales y sobre la cual son competentes los tribunales nacionales.

Por último, se reforma el artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N° 7092 y sus reformas, para disponer que los rendimientos derivados de la deuda interna del Gobierno de la República, en favor de personas no domiciliadas en el país, solamente estarán sujetos al impuesto único y definitivo sobre las rentas del capital.

Según datos que constan en la exposición de motivos de este proyecto, “la participación de inversionistas no residentes ha sido baja, nunca ha superado más allá del 6%, y concretamente en los últimos dos años se ha reducido. A junio de 2021, el monto de la deuda interna en posesión de inversionistas no residentes es de ¢461.128 millones, lo cual representa un 2% del monto de la deuda interna en circulación. Por lo que existe un importante margen para incrementar la participación de inversionistas no residentes en el mercado de deuda pública local”.

Paulina Ramírez concuerda con la necesidad de avanzar hacia una ley marco de deuda pública que regule de forma más integral, la organización, funcionamiento y desarrollo del mercado de deuda pública interna, pero que al mismo tiempo se ajuste a los más reconocidos y aceptados estándares internacionales en esta materia.

Últimas noticias

Te puede interesar...

484.66

490.28

Últimas noticias

Edicto