
Cuesta de Moras, 24 ago (elmundo.cr) – Los diputados de la Alianza Opositora dieron marcha atrás con algunos de los polémicos cambios que aprobaron en horas de la tarde del martes, al proyecto de Ley para luchar contra el fraude fiscal.
Tras una nueva sesión de la Comisión de Hacendarios, una vez finalizada la sesión del Plenario legislativo la noche de ayer, los legisladores aprobaron unas mociones que devuelven la tranquilidad, de forma temporal, al Gobierno, al Partido Acción Ciudadana y al Frente Amplio.
En total son cinco las modificaciones que fueron calificadas como “preocupantes” por sus implicaciones por parte del oficialismo y durante la noche de ayer lograron revertir dos. De haber quedado plasmadas en la iniciativa, dificultarían el accionar de la Administración Pública para poder perseguir a los evasores de impuestos.
Dos de las enmiendas aprobadas reinstalan las sanciones para los asesores tributarios y terceros que ayuden o inciten, a poner datos falsos en las declaraciones de impuestos, que se deben presentar ante el Ministerio de Hacienda, ya que esos castigos habían sido eliminados del nuevo texto.
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La tercera no fue revertida del todo, ya que los legisladores mantendrán la norma que elimina la potestad que tendría Hacienda para hacer embargos preventivos en sede administrativa. En su lugar, establecieron que cuando exista peligro de que el contribuyente se ausente, oculte sus bienes o realice maniobras para dejar insoluto el crédito, la Administración de Cobros del ministerio podrá solicitar a un juez, el embargo de los bienes como medida cautelar.
El pedido que haga Hacienda deberá ser resuelto en cinco días hábiles por parte de un juez, y el embargo no podrá ser superior a los dos años, aunque podrá prorrogarse por una única vez por el mismo plazo.
Asimismo, autorizan al juez para que haga dictado de medidas provisionalísimas y a primera vista (en latín prima facie). Tampoco dejaron plasmada la posibilidad de que una vez transcurridos los cinco días hábiles, se aplique el silencio positivo.
Según relató el jefe de fracción del Frente Amplio, Edgardo Araya Sibaja, los otros puntos que fueron tocados con el nuevo texto serán conocidos mañana.
Entre los que falta por subsanar está el tiempo a partir del cual prescribirán las obligaciones tributarias de los contribuyentes y el punto más polémico, los criterios para definir a alguien como un beneficiario final de una sociedad anónima, el cual aparecerá en el registro de accionistas que se creará una vez esta Ley entre en vigencia.
Hoy el plazo a partir del cual prescribe una obligación tributaria, corre a partir del 1 de enero del año siguiente a la fecha en que se incumplió con el pago de algún impuesto. Sin embargo, la propuesta pretende que el plazo empiece a partir del primer día del mes siguiente, a la fecha en que se debió cancelar el tributo.
De este modo, los costarricenses ya no habrá una fecha uniforme para que todos los contribuyentes sepan cuándo vencerá la obligación de pagar determinado impuesto, sino que ahora tendrán fechas diferenciadas.
En declaraciones dadas a EL MUNDO por parte del viceministro de Ingresos, Fernando Rodríguez, este afirmó que la puesta en vigencia de esa norma no causaría mayor afectación a la Administración Tributaria, pero sí causaría algún tipo de perjuicio en los contribuyentes.
El texto apoyado por el Gobierno y que concuerda con lo recomendado por el Grupo de Acción Financiera (GAFI), es que un beneficiario final de una sociedad anónima, es aquel que cuenta con la mayoría de los derechos de votos de los socios o accionistas; tiene el derecho de designar o cesar a la mayor parte de los órganos de administración, dirección o supervisión, o bien posee la condición de control sobre la persona jurídica en virtud de los estatutos.
La modificación hecha por la Oposición consiste en que, en lugar de calificar como beneficiario final de una sociedad anónima a una persona que reúna alguna de esas tres condiciones, se considere así solamente a aquella persona que cumpla con los tres requisitos, además de tener una participación accionaria superior al 15%.
Esto impediría registrar a una persona física como beneficiario final, ya que podría evadirse designando como representante de la empresa a una persona ajena a la sociedad.
Tanto el viceministro Rodríguez como el diputado Edgardo Araya coincidieron en que en ese punto, es el que deben continuar con las negociaciones.
El proyecto de Ley para reforzar la lucha contra el fraude fiscal debe salir dictaminado de la Comisión de Hacendarios a más tardar este jueves, debido a que el Congreso le aprobó una moción que pone plazos definitivos para los distintos trámites legislativos.
Una vez llegado al Plenario e iniciado el periodo para que los diputados reiteren mociones que le fueron rechazadas en la Comisión de Hacendarios, tendrán un total de 15 días naturales para aprobar en primer debate el proyecto de Ley.
El segundo debate se dará una vez que los diputados agoten los 10 minutos de tiempo que tendrán para hablar sobre el fondo del proyecto.