Nunca se abandonó Crucitas como quisieron aparentar algunos medios de prensa, celebra Zamora fallo de Sala IV

San José, 23 nov (elmundo.cr) – La Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso de amparo presentado contra los ministerios de Salud, Ambiente y Seguridad por desobediencia por el supuesto abandono policial de Crucitas.

El recurso lo interpuso Henry Picado y Álvaro Sagot, de la Federación Costarricense para la Conservación del Ambiente.

El ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora, celebró la resolución de los magistrados de la Sala Constitucional que reconocieron la evidencia aportada de todas las operaciones policiales que se han venido ejecutando y que actualmente están en marcha en Crucitas, “en las que nunca se abandonó la zona, tal y como lo quisieron aparentar algunos medios de prensa”, aseguró.

Zamora señaló que “el principal reconocimiento es para los hombres y mujeres de azul, la Fuerza Pública y la Policía de Fronteras, que, con el aporte de la Policía Profesional de Migración, desarrollan extenuantes jornadas de trabajo en toda esa región en contra de la minería ilegal y otros delitos transfronterizos. Los resultados están ahí y así quedó demostrado”.

La resolución de la Sala Constitucional, Nº2023030204, del 21 de noviembre del 2023, indica que “la gestión de desobediencia se debe desestimar, pues en lo concretamente cuestionado no se acreditó una desobediencia. Los elementos probatorios aportados apuntan a una presencia policial en la localidad y el desarrollo e implementación de planes operacionales con el propósito de dar contención de las actividades ilegales desplegadas en la zona y que tienen un impacto en el medio ambiente, así como en la apropiada implementación de planes remediales”.

“En virtud de las consideraciones realizadas, se impone desestimar la presente gestión de desobediencia, sin perjuicio de llamar la atención de todas las autoridades recurridas de continuar con el seguimiento y la implementación de las órdenes emitidas en la sentencia de este expediente”, agrega la resolución.

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