
San José, 31 ene (elmundo.cr) – El Instituto Nacional de Criminología (INC), ente adscrito al Ministerio de Justicia y Paz, había recomendado al Juzgado de Ejecución de la Pena de Liberia no entregar el beneficio de libertad condicional a Gerardo Alonso Ríos Mairena, acusado y ahora condenado de haber asesinado a cinco estudiantes universitarios e intentado asesinar a una menor, en enero del 2017
Según un oficio divulgado por el Ministerio, el juez en el año 2014 pidió un criterio técnico del Instituto Nacional de Criminología para determinar si debía dar o no el beneficio de ejecución condicional de la pena a Ríos Mairena, según lo establece en el artículo 64 del Código Penal.

“Este órgano colegiado considera que el privado de libertad no cuenta aún con los recursos personales, sociales y familiares que favorezcan el beneficio de la libertad condicional. (…) Se acuerda recomendar al Juzgado de la Ejecución de la Pena de Liberia la NO concesión del beneficio estipulado en el artículo 64 del Código Penal al privado de libertad RIOS MAIRENA”, dice el oficio suscrito por Alexánder Obando Meléndez, director del Instituto Nacional de Criminología.
A pesar de ese criterio en contra, un juez de la República otorgó el beneficio a Ríos Mairena, quien había sido condenado a 8 años de cárcel en el año 2011 por infracción a la Ley de Psicotrópicos.
Lo anterior deja en evidencia que no es el Ministerio de Justicia el que otorga esos beneficios, sino los jueces y que estos pueden apartarse del criterio técnico que haya dado el ente que determina si un privado de libertad tiene el perfil idóneo para salir a reintegrarse a la sociedad.
Agentes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) detuvieron la mañana del 3 de febrero del 2017 a Gerardo Alonso Ríos Marchena, por sospechas de ser el autor responsable de la masacre.
En el operativo realizado por el OIJ, a solamente dos casas de donde tuvo lugar el hecho, Rios Mairena fue detenido escondido debajo de una cama. En la vivienda estaban además dos adultos mayores, uno de los cuales, necesitó atención médica.
“Él fue detenido en junio del 2011 por traficar con marihuana, lo sentenciaron en julio del 2012 en el Tribunal de Juicio de Liberia, he ingresó al sistema penitenciario desde el año 2011 cuando fue aprendido. Luego tuvo un beneficio que le permitió en julio del 2014 purgar su sanción de manera distinta a la prisión y someterse a un régimen especial. En algún momento se le revocó por un problema de naturaleza personal, pero hace algunos meses se le volvió a conceder un beneficio fuera de la prisión”, aseguró a la prensa, en ese entonces, el director del OIJ, Walter Espinoza.
Las víctimas de la masacre de Liberia fueron Joseph Briones Solís, de 22 años; Dayana Vanessa Martínez Romero, Stephanie Hernández García, Ingrid Massiel Méndez Serrano y Ariel Antonio Vargas Condega, todos de 24 años. Una menor de edad sobrevivió el ataque.
Gerardo Alonso Ríos Mairena fue condenado a 216 años de prisión tras el juicio por estos hechos. La pena, según lo dispone la normativa costarricense, se reduce al máximo permitido de 50 años de cárcel.
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Nota del editor: Esta noticia, publicada originalmente el 3 de febrero del 2017, fue modificada y actualizada el 31 de enero del 2018 a las 12:11 p.m.