MINAE incapaz de determinar causa real de muerte de cocodrilo capturado durante “lagarteada”

Fotos: MINAE
Fotos: MINAE

San José, 17 abr (elmundo.cr) – El Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) dijo ser incapaz de determinar la causa real por la que el cocodrilo capturado en la tradicional “lagarteada” en Santa Cruz de Guanacaste, el pasado 14 de abril, murió.

Así lo reconoció la entidad mediante un comunicado de prensa enviado ayer domingo, tras la polémica acaecida por el fallecimiento del animal.

De acuerdo con el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), debido a la descomposición de los tejidos después de la muerte del espécimen, al superarse las primeras 4 horas, no se realizó la necropsia.

Lo anterior impide determinar con completa certeza la causa de la muerte del animal, “ya que la calidad de los resultados no sería la verdadera”.

Sin embargo, el SINAC dijo que a partir de la información existente se presume que el animal se alimentó en la madrugada, lo que aparentemente le produjo vómito debido al estrés de la captura.

“Considerando los residuos de comida que presentaba el cocodrilo en la boca, se podría pensar que el animal horas antes de su captura posiblemente se había alimentado. La tensión y estrés generado tras el proceso de captura, inmovilización de extremidades y boca por más de 15 horas pudo eventualmente producir vómito, pero como tenía la boca amarrada pudo generarse una bronco aspiración y con esto la mortalidad del espécimen”, dice la hipótesis contenida en el informe oficial.

Ayer domingo, el SINAC ordenó a los miembros de la Asociación de Desarrollo de Ortega, quienes fueron los que pidieron el permiso para efectuar la “lagarteada”, que procedieran a enterrar el animal a una profundidad de 1,5 metros, lo cual se realizó bajo la supervisión de funcionarios del refugio.

FUTUROS PERMISOS. El MINAE dijo que lo acontecido “es un hecho lamentable” y que por ello, se estará realizando un análisis de la situación, así como la conveniencia de nuevas autorizaciones para esta actividad.

Sin embargo, la entidad afirmó que anteriormente la Sala Constitucional, mediante sentencia 2009-002242 del 13 de febrero de 2009 avaló esta actividad, al calificarla como una de “valor cultural”.

Últimas noticias