
San José, 24 jul (elmundo.cr) – El diputado del Partido Acción Ciudadana, Welmer Ramos, denunció que “Ministerio de Economía, Industria y Comercio ha retrasado innecesariamente la emisión del reglamento”, sobre la aplicación de la “ley de Usura”.
Así lo dio a conocer el legislador en una misiva enviada al presidente de la Republica, a la ministra de Economía, a la defensora de los Habitantes y a la ministra de la Presidencia.
Ramos resaltó “como es de su conocimiento la Asamblea Legislativa aprobó la Ley 9859, Reforma Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, mejor conocida como “Ley de Usura”, la cual recibió su sanción y entró en Vigor desde el 20 de junio del 2020″.
Ante esto, hizo hincapié en que “mientras el Banco Central de Costa Rica realizó desde hace más de un año, el cálculo para la fijación de la tasa límite por encima de la cual se considera un crédito usurario; el Ministerio de Economía, Industria y Comercio ha retrasado innecesariamente la emisión del reglamento, con lo que ha prolongado practicas ilegales de ciertas entidades y profundizado con ello la esclavitud financiera en que se encuentran miles de ciudadanos”.
Para Ramos “el reglamento que debe ser simple y no exceder las prerrogativas mismas de la ley; ya ha sido dos veces consultado y preocupa a este diputado que en su redacción se desvíe el alcance y protección que la ley le otorga a toda persona. Para ilustrar con un ejemplo, en la segunda oportunidad de consulta el reglamento incluyó un artículo que pretende eliminar el beneficio aportado por la ley de usura a los consumidores disponiendo que “…la tasa de interés calculada por el Banco Central de Costa Rica aplicará para los contratos, negocios o transacciones efectuados formalizados o desembolsados en el semestre siguiente a su publicación””.
Asimismo, aseveró que “este tipo de redacción promueve análisis semánticos forzados, deja un portillo abierto para que, aquellas prácticas dañinas que la ley contra la usura crediticia quiere evitar, queden impunes, ya que las dos palabras resaltadas camban el sentido original de la ley, que es que a toda transacción (lo cual incluye el pago de tas cuotas del préstamo) se le aplique la nueva tasa que el BCCR fije cada 6 meses”.
“Es de suma urgencia que de Poder Ejecutivo cumpla la tarea de emisión de un reglamento simpe, que no anule o cambie las disposiciones de la ley. En todo caso, el establecimiento y vigencia de los topes de interés es tarea que el Banco Central se ha estado realizando de manera ininterrumpida, desde su entrada en Vigor y tales topes son aplicables a todos los contratos vigentes; únicamente le resta al MEIC, reglamentar la homologación de contratos y velar porque al consumidor financiero se le entregue información completa, veraz y oportuna. Esta tarea no se puede seguir postergando”, concluyó.