
San José, 02 jun (elmundo.cr) – La Defensoría de los Habitantes señaló que “la UPAD fue la continuación de la DIS-DIEM por otros medios”.
Según destacaron “en marzo de 2016 la Defensoría de los Habitantes manifestó su oposición al Proyecto de: “Ley de transformación de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS) en Dirección de Inteligencia Estratégica Nacional (DIEN)”, expediente legislativo N°19.346, que tuvo a su cargo la Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico, en virtud de que tal Proyecto establecía la creación de una instancia de segundo nivel a partir de la cual operaría la centralización de las labores de inteligencia que lleven a cabo las distintas entidades que recopilan datos sensibles y confidenciales de las personas”.
“En aquella oportunidad, el artículo primero de ese Proyecto de Ley delegó en el Ministerio de la Presidencia (ente del Poder Ejecutivo) la rectoría por sobre “las funciones ESTATALES de inteligencia”; es decir, desde la Presidencia de la República se hubiese podido tener acceso a información confidencial del Poder Legislativo, del Poder Judicial y de las otras instancias que conforman el Poder Ejecutivo”, agregan.
Lo cual, en criterio de la Defensoría, suponía una centralización indebida de poderes y se afectaría la independencia judicial y la de otros entes públicos.
De igual forma rememoraron que “la Procuraduría General de la República, mediante dictamen OJ-45-2016, en concordancia con lo señalado por la Defensoría, externó también su preocupación ya que: “El proyecto establecía como función esencial de la Dirección de Inteligencia el requerir de las instituciones públicas, con competencias en materia judicial, migratoria y de seguridad pública toda información que considerare relevante. Además, dicho suministro de información pública pasaba a ser obligatorio”. Tal norma autorizaba a la DIEN a requerir todo tipo de información a otras dependencias públicas incluyendo, incluso, el traslado de información confidencial sin el consentimiento de la persona afectada. Situación análoga a lo ocurrido con el Decreto Ejecutivo inconstitucional que permitía a la UPAD recopilar esa misma información confidencial”.
Además resaltaron que, la Defensoría de los Habitantes advirtió que “en aquella oportunidad, que la recopilación de datos sensibles sin los controles legales y jurisdiccionales necesarios no descartaba la posibilidad de que los ciudadanos fuesen víctimas de espionaje por parte de la Dirección de Inteligencia y Seguridad (DIS), agencia adscrita al Ministerio de la Presidencia, cuyo nombre se pretendió transformar a Dirección de Inteligencia Estratégica Nacional (DIEN) y cuyas funciones, en términos prácticos, se asemejan a lo actuado en el caso de la UPAD”.
“Las labores de inteligencia que se pretendieron establecer, mediante Ley, en la Dirección de Inteligencia Estratégica, resultan semejantes a las acciones que, de hecho y no de derecho, realizó la UPDAD en su quehacer de obtención, acopio, sistematización, análisis, almacenamiento y procesamiento de información relevante, sensible y confidencial”, acotaron.
Ante esto Catalina Crespo, defensora de la Habitantes, aseveró que “las críticas que en su momento realizó la Defensoría en favor de los datos de las y los Habitantes en el caso del Proyecto de Ley que pretendió transformar la Dirección de Inteligencia, son semejantes a los que hoy en día la institución ha hecho en relación a la UPAD, ya que tanto una como la otra, han sido acciones que desde la Presidencia de la República se han dado con el fin de acceder a datos protegidos por Ley”.
“La UPAD, al igual que la DIEM, se justificó en un conjunto amplio de objetivos, muchos de los cuales son conceptos peligrosamente abiertos e indeterminados, que hacen prácticamente justificable cualquier acción en pro de la gobernanza o de la inteligencia. Lo cual entraña el riesgo del espionaje a la ciudadanía en razón de que no se delimitan las actividades de recopilación de información ni se establecieron, en uno como en el otro caso, mecanismos de supervisión y control que garantizaran, lejos de toda duda, las condiciones necesarias para el respeto a los derechos humanos. En vez de ello, tanto la UPAD como la DIEM son claros ejemplos de potestades sin control”, destacaron.
Para Crespo “además de dejar abierta la puerta para el espionaje y el ejercicio de potestades arbitrarios en contra de las y los habitantes, el acceso a datos confidenciales en el caso de la DIEM y de la UPAD no garantiza la imparcialidad de los servicios sociales ni de inteligencia ni la despolitización de sus actividades. De ahí el reto-país que tiene Costa Rica por mejorar la estructura regulatoria en la protección de datos sensibles de la gente, para que la Libertad y la Democracia sigan siendo nuestro estandarte”.