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Huir y dejar heridos tras un accidente podría costar hasta cinco años de cárcel

» La Corte concluyó que crear el nuevo delito de omisión de auxilio no altera la estructura ni el funcionamiento del Poder Judicial.

San José, 09 ago (elmundo.cr) –  La Corte Suprema de Justicia dio su visto bueno a una iniciativa legislativa que pretende sancionar con prisión a los conductores que, tras verse involucrados en un accidente de tránsito, huyan del lugar sin socorrer a las víctimas.

En su sesión del lunes 3 de agosto, el pleno de magistrados determinó que la propuesta no compromete la organización interna del Poder Judicial y decidió trasladar su criterio a la Asamblea Legislativa.

El pronunciamiento respondió a la consulta legislativa formulada sobre el expediente 25.598, presentado el pasado 21 de mayo por la diputada Mayuli Ortega Guzmán, del Partido Pueblo Soberano.

La reforma plantea añadir un artículo 144 bis al Código Penal, con el fin de crear una figura específica para castigar a quien no preste ayuda después de provocar un percance vial.

El informe estuvo a cargo del magistrado de la Sala Segunda, Eisen Herrera López, quien detalló que el texto obligaría al involucrado a detenerse, auxiliar a los lesionados, evitar que sus heridas se agraven y dar aviso inmediato a las autoridades, siempre que pueda hacerlo sin exponer su propia vida ni la de terceros. A su juicio, la propuesta viene a cubrir un vacío en la legislación nacional.

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