Graves inconsistencias judiciales afectan a constructora nacional en litigio con el Estado

San José, 6 jun (elmundo.cr) – Una serie de contradicciones legales, arbitrariedades judiciales y omisiones probatorias tienen en jaque a la reconocida empresa costarricense Constructora Sánchez Carvajal S.A., que ahora solicita una demanda extraordinaria de revisión contra resoluciones judiciales que, según alega, violaron su derecho a la defensa, el debido proceso y el principio constitucional del equilibrio financiero en contratos administrativos.

La constructora sostiene que fue víctima de una interpretación parcial y desigual por parte de la Sala I de la Corte Suprema de Justicia, la cual aplicó criterios favorables en casos similares, como el de Riteve SyC S.A., pero se los negó a ella, aun cuando la situación legal y técnica era comparable.

Entre las denuncias más contundentes figura el uso desigual de jurisprudencia constitucional de rango imperativo. La Sala I utilizó la sentencia 6432-98 como base para favorecer a Riteve, reconociendo el derecho a reajustes tarifarios ante índices desactualizados. Sin embargo, para el caso de Sánchez Carvajal, esta misma jurisprudencia fue ignorada, a pesar de existir pruebas de que el INEC utilizó un índice general sintético de costos completamente desactualizado para calcular el reajuste de precios en una obra pública de gran envergadura: la carretera Sifón–La Abundancia.

La constructora también señala que se le negó la posibilidad de aplicar varias causales legales de revisión establecidas por ley, restringiéndola a una sola y limitando gravemente su derecho de defensa, en abierta contradicción con precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Asimismo, se cuestiona el trato dado al perito judicial nombrado por el Tribunal Contencioso, a quien se descalificó por supuesta falta de experiencia en construcción, a pesar de cumplir con todos los requisitos legales y estar debidamente inscrito en el registro del Poder Judicial. Irónicamente, el propio INEC —ente responsable de los índices utilizados— reconoció que su personal técnico carece también de experiencia directa en construcción.

En su solicitud de aclaración y adición, la empresa exige a la Sala una revisión justa y equitativa, basada en el principio de verdad real de los hechos, como lo exige la Constitución y el Código Procesal. Aporta como pruebas múltiples oficios, informes y sentencias que —según su criterio— fueron deliberadamente ignoradas o mal interpretadas, provocando un fallo adverso infundado que pone en riesgo la estabilidad económica de la empresa y la confianza en el sistema judicial costarricense.

La situación ha encendido alarmas en el sector de la construcción, donde varios actores ya temen que se esté abriendo un precedente preocupante: el de una justicia que no solo tarda, sino que aplica la ley con un lente selectivo.

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