Garrido deberá aclarar si ahorros de Ley de Empleo Público provienen de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas

Ministra de Planificación, Pilar Garrido, Conferencia de Prensa sobre acciones y atención contra el CODVID19, Costa Rica, Casa Presidencial. 27 Marzo 2020. Foto: Roberto Carlos Sánchez @rosanchezphoto

San José, 24 nov (elmundo.cr) –El Semanario Universidad dio a conocer este miércoles que la ministra de Planificación, Pilar Garrido, deberá aclarar si los ahorros presupuestarios que han sido consignados al proyecto de Ley Marco de Empleo Público provienen o no de la aplicación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Esto luego de que la Sala Constitucional acogiera parcialmente un recurso de amparo presentado por el diputado del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Pedro Muñoz, sobre la falta de información metodológica en el cálculo del salario global, específicamente en algunos puntos sobre los ahorros del proyecto.

Garrido deberá indicar si “el nuevo monto calculado que se ahorraría por congelar los salarios a los funcionarios cuyo puesto tenga un salario global por debajo del salario que actualmente reciben” y  “si en los nuevos cálculos que informa la prensa están incluidos los ahorros que actualmente está teniendo la administración con la implementación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley 9635 y cuánto representan dichos ahorros”.

Además, la resolución “condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de fundamento a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo”.

Asimismo, la Sala no resolvió a favor de las otras dos peticiones de información poco clara de los datos del Mideplan sobre el proyecto de Empleo Público.

La solicitud de Pedro Muñoz a Garrido se dio desde el pasado 12 de octubre, en donde le pidió la metodología “utilizada para llevar a cabo los cálculos del impacto del salario global, indicar las fuentes y datos utilizados para llevar a cabo los cálculos. Adicionalmente, indicar si en esos cálculos se están incluyendo los ahorros generados por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley 9635 y a cuánto ascienden los ahorros generados de esa Ley”. También solicitó “copia de la base de datos utilizada para llevar a cabo los cálculos de impacto del proyecto de ley”.

Aunado a lo anterior, la Sala señaló que “la respuesta brindada sí contempla los puntos requeridos por el recurrente, de manera que lo aquí planteado denota una disconformidad respecto de la información suministrada, a aspecto que no constituye una violación al derecho de petición y pronta resolución, ni al acceso de información de interés público”.

El diputado socialcristiano aseguró al medio que “lo que significa es que la base de datos de Mideplan es muy pobre y que de nada sirve que tengamos la metodología si no tenemos información, la que tenemos es pobre”.

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