Erwen Masis propone reforma al Código Penal sobre delitos informáticos

Foto: Sofía Chacón
Foto: Sofía Chacón

San José, 17 dic (elmundo.cr)- El jefe de fracción del PUSC, Erwen Masis, presentó un proyecto de ley para reformar al Código Penal sobre delitos informáticos .

“El nuevo proyecto de ley no solo viene a dar solución a errores que se cometieron en las reformas 9048 y 9135 al Código Penal, sino que también viene a incluir nuevos tipos penales, que ayudarán a reducir la impunidad en la comisión de este nuevo tipo de conductas abusivas que en el presente no pueden ser sancionadas¨, dijo Masis.

La redacción de la iniciativa contó con la experiencia y criterio del abogado especialista en delitos informáticos, Adalith Medrano, y el procurador de Derecho Informático de la Procuraduría General de la República, José Francisco Salas.

“Uno de los principales problemas que se tiene al analizar los tipos penales informáticos tienen que ver con su correcta interpretación, más cuando sancionan complejas conductas delictivas y se utiliza lenguaje informático que debe ser interpretado de forma correcta. Este proyecto de ley contiene un importante apartado de definiciones que servirán tanto para una mejor comprensión sobre los tipos penales informáticos y un mejor estudio de la academia sobre esta materia”, destacó Medrano.

El documento que será analizado en la corriente legislativa, plantea los siguientes tipos de delitos informáticos con carácter penal:

Acoso cibernético: con una fuerte influencia del Código penal español, pero fortalecida con las conductas más comunes que enfrentan las víctimas de esta clase de delitos y las que se espera que se utilicen en un futuro.

Captación de actos o partes íntimas: la omnipresencia de las nuevas tecnologías de la información y comunicación le han facilitado a los delincuentes poder grabar a personas en sus momentos más íntimos, pasar inadvertidos y luego difundir dichos contenidos en internet con gran afectación para los afectados.

Difusión o tráfico de contraseñas o vulnerabilidades: las contraseñas son la puerta de ingreso a muchos sistemas informáticos, de la misma forma como una vulnerabilidad puede permitir que un delincuente acceda a un sistema informático sin mayor problema, por lo que el tráfico de estas debe ser sancionado por ley.

Compras ilícitas mediante tarjetas: a solicitud de la Fiscalía, se incluye este tipo penal que sancionará con penas de prisión de dos a cinco años a a quien ilícitamente adquiera bienes o servicios, a través del uso de una tarjeta de crédito o de débito no expedida en su favor, o mediante el uso de otro medio de pago electrónico; sin la autorización del titular.

Acceso ilícito: en cumplimiento de lo requerido por el Convenio Europeo sobre Ciberdelincuencia será sancionado con prisión de seis meses a un año de prisión a quien, evadiendo medidas de seguridad y con fines maliciosos, acceda a un sistema informático, sin la autorización del titular.

Abuso de dispositivos: en cumplimiento de lo requerido por el Convenio Europeo sobre Ciberdelincuencia, Se impondrá pena de prisión de uno a cinco años a quien distribuya, produzca, venda, compre, obtenga para su utilización o importe un dispositivo o programa informático diseñado o adaptado principalmente para la comisión de delitos informáticos.

Difusión de noticias falsas: la utilización de perfiles falsos, páginas de Facebook y sitios web especializados en difundir noticias falsas con el fin de manipular el electorado es una tendencia mundial y debe sancionarse penalmente si este acto es realizado con el fin de manipular la decisión de los ciudadanos con la utilización de hechos flagrantemente falsos. En este tipo penal se ha sido muy cuidadoso, para dejar claro que no podría utilizarse para perseguir comunicadores en el ejercicio de su profesión.

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