El MAG se devolvió algunas décadas, asegura Juventud del Frente Amplio

San José, 07 ene (elmundo.cr) – La Juventud del Frente Amplio aseguró que “el MAG se devolvió algunas décadas”.

Esto luego de que se diera a conocer que el MAG, intenta revivir decreto sobre exportación de especies marinas vulnerables.

El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) presentó, el pasado 15 de diciembre de 2020, una propuesta de regulación en el Sistema de Control Previo (SICOPRE) del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), la cual reviviría el anulado Decreto Ejecutivo Nº 40379-MINAE-MAG.

Se trata del decreto titulado «Reforma regulación de la Autoridad Administrativa y Autoridades Científicas de la Convención Internacional para el Comercio de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre (CITES)”, emitido por la Administración Solís Rivera en 2017 y anulado por la Sala Primera en junio de 2020 tras declarar con lugar un recurso de casación interpuesto por Fundación MarViva.

El Decreto Ejecutivo Nº 40379-MINAE-MAG eliminó las competencias del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y del Consejo de Representantes de Autoridades Científicas (CRAC-CITES) para realizar recomendaciones técnicas y científicas en relación con el comercio internacional de especies amenazadas de interés pesquero contempladas en los apéndices de la Convención CITES, tratado que regula el comercio internacional de animales y plantas silvestres amenazadas. De tal manera, la potestad para conocer y analizar solicitudes de exportación de especies de interés pesquero altamente vulnerables, como es el caso de los tiburones, se cedió al Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA).

Sin embargo, el año pasado -por medio de la resolución 2020-2005- la Sala Primera declaró con lugar un recurso de casación interpuesto por Fundación MarViva en contra de dicha norma, alegando, entre otros argumentos, que en el procedimiento seguido para su elaboración y promulgación no se otorgó audiencia a las entidades y organizaciones afectadas con la reforma.

Ahora, nuevamente, y tras desoír las diversas sentencias de la Sala Primera sobre el tema, se vuelve a ignorar el inciso dos del artículo 361 de la Ley General de Administración Pública que obliga a la administración a conceder audiencia a las entidades representativas, en este caso particular, a aquellas investidas como Autoridades Científicas cuyas competencias pretenden ser eliminadas por el nuevo decreto.

La Sala Primera ha aclarado que estas audiencias tienen carácter de formalidad sustancial y no son discrecionales. El MAG ha pretendido subsanar la obligación de realizar audiencias con las partes interesadas mediante la publicación, durante el período navideño, de la propuesta de Decreto en el Sistema de Control Previo (SICOPRE) del MEIC.

“Algunos no empezaron un nuevo año”, manifestó la agrupación.

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