Durante semana santa, COSEVI no devolverá vehículos, placas ni licencia a infractores

San José, 4 abr (elmundo.cr) – El Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) cerrará sus puertas durante Semana Santa, es decir a partir del 7 de abril, por lo que los conductores que cometan faltas a la Ley de Tránsito, que merezcan el decomiso del vehículo, las placas o la propia licencia durante estas fechas, podrán realizar el trámite de devolución hasta el lunes 17 de abril.

El director jurídico del COSEVI, Carlos Rivas dijo que con las vacaciones colectivas decretadas por el Gobierno de la República para los días 10 y 12 de abril, el Día de Juan Santamaría (11 de abril), Jueves y Viernes Santos, los conductores deberán tener todavía más cuidado en su comportamiento vial, pues se arriesgan a pasar 10 días sin conducir su vehículo.

El director recalcó las faltas que ameritan el decomiso del vehículo, placas o la licencia. Entre las que se encuentran la salida a las calles de una persona con permiso de aprendizaje pero sin la supervisión correspondiente, el atraso en el marchamo o el seguro obligatorio, conducir sin estar acreditado como conductor y conducir con cierto nivel de alcohol en sangre.

De igual forma, se aplica en casos de servicio ilegal de transporte de personas o conducir con la licencia suspendida, o cuando se acumulen 12 puntos en la licencia.

Por otro lado, el  monto de custodia diario que deberá cancelar un infractor si se le decomisa el vehículo, es de ¢3.655,14. Por lo que si  un automotor es confiscado el viernes 7 de abril tendría que pagar por custodia, mínimo, ¢36.551,40. Además, para retirar el vehículo se deben cancelar previamente todas las multas que el infractor tenga pendientes.

Impugnación. Cualquier multa realizada entre el viernes 7 y el domingo 16 de abril se podrá impugnar durante los siguientes 10 días hábiles que correrían a partir del 17 de abril. Esto quiere decir la persona a la que se le aplicó la multa, tendrá dicho tiempo para realizar la petición de anulación.

Pero Rivas dejó claro se deben impugnar las multas que de verdad el usuario estima que son injustas. En ese sentido, los argumentos planteados deben ser suficientemente válidos para que no sea rechazada la apelación. Si se le da curso, no es garantía de que se le dará la razón, solo que será estudiada.

En caso que la impugnación no proceda, el infractor deberá pagar  la multa, incluso con intereses si tarda en realizar el pago.

Últimas noticias

Te puede interesar...

Últimas noticias