Diputados archivan proyecto de uniones civiles entre parejas del mismo sexo

» Votaron a favor de que se archivase, el presidente de la Comisión, Enrique Sánchez; Jorge Fonseca (PLN); Paola Valladares (PLN); María Vita Monge (PUSC); mientras que se opuso Dragos Dolanescu (PRSC).

San José, 15 oct (elmundo.cr)- Esta mañana, los diputados miembros de la Comisión de Derechos Humanos archivaron el proyecto de ley que pretendía legalizar las uniones civiles entre parejas del mismo sexo.

Votaron a favor de que se archivase, el presidente de la Comisión, Enrique Sánchez; Jorge Fonseca (PLN); Paola Valladares (PLN); María Vita Monge (PUSC); mientras que se opuso Dragos Dolanescu (PRSC).

De acuerdo con Sánchez, el expediente 20.888 fue archivado, pues era contrario a lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y a la sentencia de Sala Constitucional, al crear una figura discriminatoria y una ciudadanía de segunda categoría.

“Las consultas recibidas sobre el fondo del texto eran todas negativas, precisamente por no cumplir con el mandato convencional y constitucional de permitir igual acceso a la misma figura (matrimonio) para parejas del mismo sexo”, agregó el legislador.

Esta era la última iniciativa que le quedaba a los diputados conservadores en el Congreso para intentar frenar la entrada en vigencia del matrimonio civil igualitario el próximo 26 de mayo de 2020.

La propuesta de ley N°20.888 no cumple con los elementos esenciales señalados por la Sala Constitucional en su sentencia 12782-2018 de las 17.45 horas del 8 de agosto de 2018 y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la OC 024/17 para legislar las uniones de las parejas del mismo sexo, en el tanto crea una figura jurídica paralela, lo cual resultaría como lo señalaron los entes consultados claramente discriminatorio”, concluye el informe de mayoría.

El pasado 8 de agosto de 2018, en una sesión maratónica, la Sala IV pidió a la Asamblea Legislativa adecuar las leyes para reconocer el matrimonio igualitario en un plazo de 18 meses, declarando con lugar una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 14 del Código de Familia.

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