
San José, 22 ene (elmundo.cr)- Los diputados que conforman la Comisión Permanente Especial de Ambiente acordaron un nuevo texto para el expediente 20.212, Ley para la gestión integrada del recurso hídrico, que tiene como objetivo regular y tutelar el aprovechamiento y el uso sostenible del recurso hídrico continental, insular y marino, por considerarlo un recurso fundamental para la vida, limitado y vulnerable.
La presidenta de este órgano legislativo, la diputada oficialista Paola Vega Rodríguez, explicó que este texto se dio gracias a los acuerdos que se lograron durante la legislatura anterior y servirá como base de discusión.
Por su parte, el legislador del Frente Amplio, José María Villalta se manifestó en contra del texto sustitutivo debido a que a su criterio no se avanza con respecto a lo que se tiene actualmente y más bien se puede llegar a desmejorar lo que tiene el país.
La propuesta de ley establece que las aguas y sus fuerzas asociadas, así como los cauces o vasos que las contienen son de dominio público; también, forman parte del dominio público los canales artificiales de drenaje y canales de aprovechamiento, únicamente cuando sean utilizados en beneficio público colectivo y no en beneficio de un grupo o de una persona en particular, así como todos los terrenos formados o que se formen en los cauces por la dinámica natural de las aguas.
Pero se exceptúan del dominio público los cauces de los ríos que queden abandonados porque el curso de las aguas varió naturalmente. Estos cauces, en toda su longitud, pertenecerán a los dueños de los predios respectivos.
El diputado de Liberación Nacional, Luis Fernando Chacón resaltó que el texto tiene el consenso de diferentes sectores, pero que todavía se puede mejorar.
Mientras que Erwen Masis, del Partido Unidad Social Cristiana, cuestionó lo establecido en el proyecto con relación a las zonas de protección debido a que en el país muchos barrios están construidos muy cerca de ríos y quebradas.
La iniciativa crea el sector hídrico del Estado, con el objetivo de facilitar la planificación y las acciones en materia de recurso hídrico.
Este sector está constituido por la Administración Pública centralizada, descentralizada, autónoma, semiautónoma, las municipalidades, las empresas públicas y del Estado, que tengan dentro de sus competencias la gestión sectorial y multisectorial del agua, así como otros que concurran en la consecución de los objetivos de esta ley y que por sus funciones les corresponda la aplicación de las políticas en materia de recurso hídrico.
Le corresponderá al Poder Ejecutivo aprobar, mediante decreto ejecutivo suscrito conjuntamente por los ministros de Ambiente y Energía, Salud, Agricultura y Ganadería, y Planificación Nacional y Política Económica, los lineamientos generales de la política hídrica nacional y el Plan Hídrico Nacional.