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Diego Vargas propone eliminar obstáculos en aplicación de ley a persona joven

San José, 3 mar (elmundo.cr) – El diputado del Partido Liberal Progresista, Diego Vargas, presentó cuatro proyectos que buscan reformar la Ley General de la Persona Joven y eliminar obstáculos que impiden la plena aplicación de esta legislación.

Los proyectos proponen modificar los artículos 24, 25, 27 y 29 de la Ley General de la Persona Joven.

“Respondiendo al compromiso del PLP con la población joven del país hemos planteado estas reformas que son muy puntuales pero que con ellas se podrán eliminar obstáculos para que efectivamente se cuenten con Comités Cantonales de Juventud en todo el país, ampliar la participación de jóvenes a través de la figura de suplentes y equiparar la representación de universitarios de instituciones públicas y privadas”, expresó Vargas.

La reforma al artículo 24 de la Ley General de la Persona Joven pretende brindar la oportunidad a aquellos cantones que no lograron conformar su comité de la Persona Joven en el periodo establecido, estableciendo un mecanismo para su elección posterior.

En la actualidad, los comités cantonales de la Persona Joven se nombran en los meses de octubre y noviembre de cada año, en los años pares; sin embargo, algunas municipalidades no logran cumplir los plazos y requisitos por lo que no se conforma el comité por un período de dos años.

La reforma al artículo 25 propone suplir las ausencias y renuncias de miembros titulares en la Asamblea Nacional de la Persona Joven, mediante el nombramiento de suplencias, figura que actualmente no existe.

La reforma al artículo 27 procura aumentar a cinco miembros la representación y participación de las universidades privadas dentro de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven.

Tal como está la Ley, las universidades públicas cuentan con un representante por cada universidad, para un total de cinco; sin embargo, este no es el caso de las universidades privadas que solo cuentan con tres representaciones, a pesar de ser mayor la cantidad de centros universitarios privados.

La reforma al artículo 29 autoriza el nombramiento en la Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven de dos personas en los puestos de vicepresidencia y prosecretaría, quienes suplirán en caso de ausencia temporal a la presidencia y a la secretaría respectivamente.

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