San José, 12 oct (elmundo.cr) –La Comisión de Juventud Niñez y Adolescencia dictaminó afirmativamente el expediente 21.410, Ley que adiciona un artículo 381 bis y deroga el artículo 123 bis del Código Penal para el fortalecimiento de la protección de la niñez.
El proyecto reforma el Código Penal con el fin de asegurar que los niños y niñas estén protegidos de toda forma de violencia, pues según sus proponentes no es suficiente con lo dispuesto en la legislación vigente en los delitos contra la vida, específicamente, con lo referente a lesiones y lo pertinente en el caso de los homicidios para sancionar las situaciones de tortura.
Recalcan que la tortura es sistemática y atenta contra la dignidad humana de una manera irreparable en el desarrollo de sus víctimas-si sobreviven-, en razón de su salud física y psicológica.
La propuesta responde al incremento en casos de esa índole de manera alarmante y lamentable además pretende legislar para castigar a los responsables, tratar a las víctimas de tortura y responder a la obligación del Estado respecto a la implementación del Estatuto de Roma. Según las estadísticas los datos son alarmantes, ya que, de acuerdo con el PANI, en el país son atendidos más de 30 mil niños cada año por agresiones físicas o psicológicas, de los cuales 420 se encuentran en sus albergues
El texto establece pena de prisión de tres a quince años a quien use métodos dirigidos a la disminución grave de la integridad física, mental y emocional de las víctimas, así como al funcionario público que actuando en ese carácter ordene, instiga, induzca a su comisión, lo cometa directamente o que, pudiendo impedirlo, no lo haga. Igual pena se impondrá al médico o cualquier personal de la salud que participe o colabore en la perpetración o encubrimiento del delito de tortura.