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Diario El País de España celebra en un editorial la decisión de la Corte Interamericana

» El texto, publicado este lunes, destaca que lo adoptado por la Corte representa avances sociales "muy positivos" de los ciudadanos transgénero y homosexuales.

San José, 15 ene (elmundo.cr) – El prestigioso diario español El País celebró, en un editorial, la Opinión Consultiva 24 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que obliga a los Estados miembros del Sistema Interamericano a aprobar el matrimonio entre personas del mismo sexo, así como el reconocimiento al cambio de nombre para las personas trans.

El texto, publicado este lunes, destaca que lo adoptado por la Corte representa avances sociales “muy positivos” de los ciudadanos transgénero y homosexuales.

“En un continente con serio retraso en materias sociales como el aborto o el matrimonio gay por la gran influencia de la Iglesia católica, la decisión del tribunal, organismo judicial de la Organización de Estados Americanos (OEA), abre la puerta a cambios legislativos que pueden resultar difíciles, pero que estarán marcados por la defensa de los derechos”, destacó El País.

Según el diario, en su fallo, la Corte ha pronunciado una gran lección de separación de ambos planos al recordar que las convicciones religiosas o filosóficas “no pueden ser utilizadas para condicionar lo que la Convención Americana establece respecto de la discriminación”.

“En sociedades democráticas debe existir coexistencia mutuamente pacífica entre lo secular y lo religioso, por lo que el rol de los Estados y de la Corte Interamericana es reconocer la esfera en la cual cada uno de estos habita y en ningún caso forzar uno en la esfera del otro”, agregó.

“Gracias al fallo de la Corte, la hora de la tolerancia al cambio de identidad sexual y al matrimonio entre personas del mismo sexo se empieza a consolidar en Latinoamérica”, finalizó El País.

Tanto la Sala Constitucional de Costa Rica como la propia Corte Interamericana han ampliado el carácter vinculante de sus opiniones consultivas, estableciendo que los Estados deben aplicar el control de convencionalidad, no solo sobre los fallos que hayan sido emitidos a raíz de casos contenciosos, sino también, de lo señalado en opiniones como la solicitada por Costa Rica.

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