San José, 20 dic (elmundo.cr) – Costa Rica se declaró responsable de haber violentado los derechos fundamentales de un segundo grupo de personas que no pudo acceder a la Fertilización in Vitro (FIV), por haber estado prohibida en el país.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó este martes que homologó el acuerdo amistoso al que llegó el Estado de Costa Rica y 12 personas que demandaron al país por la prohibición de la Fertilización in Vitro (FIV), dando así fin al caso.
De acuerdo con un comunicado de la Secretaría de la Corte IDH, las reparaciones acordadas entre las partes fueron homologadas por la Corte, por lo que Costa Rica debe, entre otras cosas, hacer efectiva la posibilidad de acceso a la técnica de Fecundación In Vitro en los ámbitos público y privado, así como brindar a los funcionarios estatales procesos de capacitación en derechos humanos.
La Fertilización In Vitro quedó prohibida en Costa Rica desde el año 2000, a raíz de una sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, quien había determinado que la técnica atentaba contra la vida y la dignidad del ser humano.
En el año 2012, la Corte Interamericana emitió una sentencia en un caso similar al que hoy se dio por resuelto. Se trató del Caso Artavia Murillo y otros (‘‘Fecundación in vitro’’) Vs. Costa Rica donde se declaró a Costa Rica culpable de haber vulnerado los derechos de 18 víctimas a la vida privada y familiar y a la integridad personal, a decidir si tener hijos biológicos a través de una técnica de reproducción asistida, a la salud sexual y reproductiva y a gozar de los beneficios del progreso científico y tecnológico, entre otros.
Posteriormente a esa sentencia, el Presidente de la República, Luis Guillermo Solís emitió un Decreto Ejecutivo en el que puso en vigencia la técnica, sin embargo, el decreto se cayó en la Sala Constitucional, quien afirmó que el tema era reserva de Ley.
Sin embargo, el 26 de febrero de este año, la Corte IDH determinó que la sentencia de la Sala IV constituía una violación a la obligación de Costa Rica de permitir la técnica y ordenó al país ponerla en vigencia mediante el decreto emitido por el Presidente.
Al ser la Corte Interamericana de Derechos Humanos una instancia internacional a la que Costa Rica pertenece (Sistema Interamericano), debe acatar sus órdenes aunque contradigan leyes, sentencias o la propia Constitución Política.
Esta segunda resolución de la Corte sobre el tema FIV en Costa Rica fue adoptada por los jueces Roberto F. Caldas, Presidente; Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Vicepresidente; Eduardo Vio Grossi; Humberto Antonio Sierra Porto; Eugenio Raúl Zaffaroni; y Patricio Pazmiño Freire.
La Jueza costarricense, Elizabeth Odio Benito, no participó en el conocimiento y deliberación del caso para evitar conflictos de interés.